Uriel: Hoy en Hablemos de Derecho: "En temas de alimentos, hoy por mí mañana por ti"
Uriel: Buenos días, buenas tardes, muy buenas noches Los saludamos desde los estudios de Juan de Castellanos en donde quiera que se encuentren: en el bus, en la oficina, en su vehículo, en la calle, en el parque, en la cama, en la cocina o en la montaña. Mi nombre es Uriel Martínez Peña, periodista de la Unidad Asesora de Comunicaciones y Mercadeo y desde este momento les acompaño en nuestro episodio centésimo octavo de Hablemos de Derecho, podcast coordinado por el Consultorio Jurídico y el Centro de Conciliación del programa de Derecho de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Internacionales de la Fundación Universitaria Juan de Castellanos.
Uriel: Hoy hemos invitado a Luis Ernesto Rivera Sarmiento, abogado graduado de la Universidad de Boyacá - Sede Principal Tunja, especialista en Derecho Procesal de la Universidad de Boyacá y magíster en Derecho Privado de la Universidad Santo Tomás - Seccional Tunja.
Asesor civil/familia consultorio Jurídico
Uriel: Luis Ernesto bienvenido a Hablemos de Derecho, ¿Por qué la ley obliga a pagar cuota de alimentos al papá, a la mamá o a la persona que tenga la custodia de la menor o el menor de edad?
Luis Ernesto: Buenas tardes Uriel, gracias por invitarme a Hablemos de Derecho.
Uriel: Luis Ernesto mil gracias por su compañía en nuestro podcast Hablemos de Derecho, "Legalidad y otros amores".
Luis Ernesto: Uriel fue un gusto disfrutar estos 5 minutos para hablar de...
Uriel: Recuerda que el artículo 24 de la Ley 1098 de 2006 habla del Derecho a la alimentación y dice: "La niñez y la adolescencia tienen derecho a los alimentos y demás medios para su desarrollo físico, psicológico, espiritual, moral, cultural y social, de acuerdo con la capacidad económica del alimentante. Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción y, en general, todo lo que es necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. Los alimentos comprenden la obligación de proporcionar a la madre los gastos de embarazo y parto".
Uriel: Ten en cuenta que puedes escuchar, compartir, comentar y descargar gratis (de manera legal) cada capítulo del podcast ‘Hablemos de Derecho’ en https://soundcloud.com/juandecastellanos. Y recuerda: "En temas de alimentos, hoy por mí mañana por ti".
Título para una próxima:
"Barriguita llena, corazón, pensamiento y conocimiento contento".
“Hay que comer para vivir y nunca vivir para pedir comida”.
“El buen alimento cría entendimiento y desarrollo integral”.
"En el comer está el aprender, el trabajar y el vivir".
"En temas de alientos hoy por mi mañana por ti"
¿Sabías que si eres papá de un menor de edad la ley te obliga a abastecer alimentos a tu hij@ para su desarrollo integral?
¿Cuál es el sustento normativo para reclamar alimentos al padre que quiere evadir esta responsabilidad?



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