Quinta clase de Bienes Civiles y Mercantiles

Quinta clase de Bienes Civiles y Mercantiles

- Cosas principales (puede subsistir por sí misma) y cosas accesorias (necesita una principal para poder existir). Ejemplo: El lote de tierra puede existir por sí misma pero el edificio necesita de la tierra para poder existir.
- El derecho real por excelentcia es el derecho al dominio.
- El derecho real de servidumbre...
- La hipoteca solo subsiste mientras subsista la obligación principal, por ejemplo el crédito que yo debo pagar.
-  Para saber si una cosa es real o accesoria la ley ha defnido criterios: 1. Ej: El terreno e. 2. sI LA COSA TIENE FINAILZDAD de uso. 3. Aquel en el cual se recurra al valor económico: Nos dice qué vale más, lo que tenga un mayor valor será lo pricipal. 

Ir al inicio

ARTICULO 729. <COSA PRINCIPAL Y ACCESORIA>. Si de las dos cosas unidas, la una es de mucha más estimación que la otra, la primera se mirará como lo principal, y la segunda como lo accesorio.

Se mirará como de más estimación la cosa que tuviere para su dueño un gran valor de afección.

  • Valor subjetivo: Estimación que tiene la persona respecto de ese bien.
  • Criterio del volumen: La cosa de mayor volumen pasa a ser la principal.
ARTICULO 731. <DETERMINACION DE LO PRINCIPAL POR VOLUMEN>. En los casos a que no pudiere aplicarse ninguna de las reglas precedentes, se mirará como principal lo de más volumen.

  •  Lo accesorio sigue la suerte de lo principal.
  • Si se extingue la oblihación principal, se extingue la obligación accesoria.
ARTICULO 727. <CONCEPTO DE ADJUNCION>. La adjunción es una especie de accesión, y se verifica cuando dos cosas muebles pertenecientes a diferentes dueños, se juntan una a otra, pero de modo que puedan separarse y subsistir cada una después de separada; como cuando el diamante de una persona se engasta en el oro de otra, o en marco ajeno se pone un espejo propio.

  • ¿El dominio del accesorio accederá al principal?
  • Una cosa es precedente cuando tiene existencia real al momento del dominio.
  • Muebles por anticipación: Cultivo que tengo en la finca y que espero que exista.
  • Última clasificación: Cosas singulares (Singular simple: tiene compartación física que no permite la separación natural o artificial, ejemplo: llave de metal que está compuesta con partículas de metal que están absorbidas por el todo y no se pueden separar). Y Singulares Compuestas (o complejas).
  • Una cosa es universal es cuando está conformada por cosas singulares (las sociedades comerciales, por ejemplo; una biblioteca que está conformada por cosas singulares).
  • Universalidades, según el Código de Comercio: 
  • Universalidades de derecho: Integradas por una masa de bienes (ejemplo: masa sucesoral, la sociedad conyugal).
  • Universalidades de Derecho (las crea la ley: masa sucesoral, patrimonio de las sociedades, patrimonio de las personas, comprenden como lo físico y lo inmaterial).
  • Universilidades de Hecho: Las crea la gente, están afectas a un determinado bien. Ejemplo:  Conjunto de libros que constiuyen una biblioteca para un fin académico.
DERECHOS REALES Y PERSONALES

  • Derecho persoanl: Facultad jurídica que tiene una persona (acreedor). Son tres elementos: acreredor, deudor y prestación.
  • Artículo 666: 
ARTICULO 666. <DERECHOS PERSONALES O CREDITOS>. Derechos personales o créditos son los que sólo pueden reclamarse de ciertas personas que, por un hecho suyo o la sola disposición de la ley, han contraído las obligaciones correlativas; como el que tiene el prestamista contra su deudor por el dinero prestado, o el hijo contra el padre por alimentos. De estos derechos nacen las acciones personales.

  • Derechos personales: Son derechos de obligaciones. Es la obligación (que tengo para un tercero) de hacer, no hacer o dar algo.
  • ¿Qué es un vivio redivitorio?
  • El comprador tiene obligaciones a registrar la escritura de compraventa. 
  • Cuantas obligaciones...
  • Pagaré vs. letra: Pagaré es compromiso de pago que se emite por el propio deudor. la letra de cambio es emitida por el acreedor. El pagaré es una promesa.
  • La letra de cambio tiene un librado.
  • La letra de cambio es una orden de pagar, "páguese a Pepito Pérez tanto..."
  • El pagaré es una promesa de pago.
  • Letras de cambios, pagarés y cheques: Son títulos valores.
  • ¿Qué es un proceso ejecutivo?: Requiere tener un título ejecutivo.
  • ¿Qué es librar un mandamiento de pago?
  • ¿Qué es un título ejecutivo simple?
  • ¿Qué es un título ejecutivo complejo? (Compuesto por la póliza del seguro y la reclamación de...)
  • ¿Qué es un proceso monitorio? No tengo un título ejecutivo. Está pensado para exigir el pago de obligaciones de una tienda y el juez revisa y adelanta el cobro de la misma. Está pensado para deudas muy pequeñas.
  • ¿Qué es una carta de instrucciones en el contexto de un pagaré?
  • Artículo 622 del Código de Comercio de colombia?
  • ¿Qué es la preclusión de la letra?
  • ¿Qué significa que "la acción cambiaria fenece"?

ARTÍCULO 622. <LLENO DE ESPACIOS EN BLANCO Y TÍTULOS EN BLANCO - VALIDEZ>. Si en el título se dejan espacios en blanco cualquier tenedor legítimo podrá llenarlos, conforme a las instrucciones del suscriptor que los haya dejado, antes de presentar el título para el ejercicio del derecho que en él se incorpora.

Una firma puesta sobre un papel en blanco, entregado por el firmante para convertirlo en un título-valor, dará al tenedor el derecho de llenarlo. Para que el título, una vez completado, pueda hacerse valer contra cualquiera de los que en él han intervenido antes de completarse, deberá ser llenado estrictamente de acuerdo con la autorización dada para ello.

Si un título de esta clase es negociado, después de llenado, a favor de un tenedor de buena fe exenta de culpa, será válido y efectivo para dicho tenedor y éste podrá hacerlo valer como si se hubiera llenado de acuerdo con las autorizaciones dadas.

  • ¿Qué es prescibir la acción ejecutiva?
  • ¿Qué es la acción cambiaria?
  • ¿Qué es la interrumpción natural de la prescripción en el Derecho privado?
  • Artículo 94 del Código General del Proceso ha sido bastante debatido.
  • Si yo te envío una carta, "por favor págame" y volvería a reiniciarse el cómputo de la prescripción.
  • ¿Qué es una acción correlativa?
  • Si la obligación es exigible no puede prescribir la obligación.
  • ¿Qué es un título ejecutivo?

ARTICULO 665. <DERECHO REAL>. Derecho real es el que tenemos sobre una cosa sin especto a determinada persona.

Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usufructo, uso o habitación, los de servidumbres activas, el de prenda* y el de hipoteca. De estos derechos nacen las acciones reales.

  • Derecho real: Es lo que tenemos sobre una cosa. Es un poder jurídico total o parcial sobre esa cosa. 
  • Francisco Ternera Barrios dice que es una facultad jurídica sobre una cosa individualizada.
  • El derecho real es el poder que tengo sobre una cosa y soy su titular. El derecho real es una relación inmediata sobre quien lo detenta.
  • El derecho personal es una relación de persona a persona.
  • Un bien familiar es una cosa inembargable.
  • ¿Qué son Afectación familiar y patrimonio familiar? El aptrminio se constituye en favor de la pareja y de los hijos. Aquí el bien no puede estar hipotecado, la única forma que se hipoteque es que la casa sea sacado para pagarse el bien hipotecado.
  • ¿Qué es la afectación a vivienda familiar? (Se ve afectada solo la pareja)
  • La usucapión no es un derecho real en Colombia sino la facultad de adquirir una propiedad por el paso del tiempo.
  • ¿Qué es una casa de cobranza?
  • ¿Qué es una acción de simulación? Es básicamente una discrepancia entre lo que se declara y lo que se quiere. Puede ser absoluta (cuando las partes celebran un contrato pero en realidad no quieren que surjan lo efectos jurídicos); o Relativa.
  • ¿Qué es el fraude procesal? Implica que yo tenga un documento.
  • ¿Qué es falsificar un documento público?
  • ¿Qué es la acción penal de la denuncia?
  • ¿Qué es el fraude pauliano? Aquí la persona agrava su insolvencia.
  • ¿Qué es un contrato oneroso? ¿Aquí hay que probar el perjuicio causado al acreedor?
  • ¿Qué es la ley de insolvencia económica?
  • ¿Qué es una acción oblícua? Cuando la persona NO QUIERE que ingresen ciertos bienes a su patrimonio pero Blanca no decide aceptar ese dinero para no pagar la deuda. Esta acción se puede perseguir en herencias, donaciones y procesos de pertenencia.
  • ¿El artículo 1096 del Código de Comercio qué dice?
  • ¿Qué es un contrato gratuito (ejemplo: donación)?





Publicar un comentario

0 Comentarios