Escenario 2 de Fundamentos de Derecho Procesal - Jurisdicción y competencia

COMPETENCIA

Distinguir los mecanismos alternativos de solución de conflictos, específicamente los que guardan relación directa con el derecho procesal al constituirse como requisito de procedibilidad, así como los actos, presupuestos y sujetos que intervienen en la actuación judicial.

INICIO

La jurisdicción determina que la autoridad se encuentra investida para administrar la justicia, puede ser ordinaria, contenciosa administrativa, constitucional y especial, como la justicia especial para la paz (JEP), jurisdicción indígena o justicia penal militar. En cambio, la competencia establece, dentro de esas jurisdicciones, una serie de reglas por aplicar para identificar quién es el juez particular o entidad administrativa investida para asumir el conocimiento de cada caso en específico. En el presente Escenario, puede ahondar en estos conceptos y dar respuesta a los interrogantes que surgen del siguiente caso:

El señor Valentín Suárez, reconocido en la región del Meta por ser un gran terrateniente dedicado a la industria agropecuaria y ganadera, fallece a sus setenta (70) años a raíz de un accidente cerebrovascular, sobreviniéndole su cónyuge, tres (3) hijos procreados dentro del matrimonio y cuatro (4) hijos extramatrimoniales. Al momento de su deceso, el señor Valentín tenía como domicilio principal de sus negocios la ciudad de Villavicencio, pero también tenía negocios en Bogotá y Medellín; sin embargo, el ACV se produjo en Cartagena mientras estaba de vacaciones. Su patrimonio, ascendía a la suma de $4 000 000 000; ante este suceso, los hijos legítimos no desean compartir sus bienes con sus hermanos extramatrimoniales, por lo que deben iniciar un juicio de sucesión. 

A partir de este caso, ¿Qué jurisdicción asume conocimiento de este proceso?, ¿Qué factores se deben aplicar para determinar la competencia?, ¿Cuáles son los fueros para determinar el territorio?

ENCUENTRO TEÓRICO-PRÁCTICO

En la Lectura fundamental se abarcan, como ejes temáticos, la jurisdicción, los factores para determinar la competencia, la prelación de estos y los fueros para determinar la competencia territorial, todo orientado al derecho privado. Estúdiela atentamente y tome nota de los aspectos principales.

(Lectura fundamental 2)

MATERIAL COMPLEMENTARIO

Para completar su proceso de aprendizaje, consulte con su tutor el Material complementario. Siga las instrucciones que él propone y aproveche al máximo su contenido.

En el siguiente Material de apoyo se analizan los factores para determinar la competencia y la prelación en un caso en concreto, con aplicación de las reglas del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012). Revíselo atentamente. 

¿ANTE QUÉ AUTORIDAD PRESENTO MI DEMANDA?

PARTE 1:
La señora Natalia se encontraba camino al colegio de sus hijos para recogerlos y luego de su jornada escolar, cuando un vehículo amarillo se pasó un semáforo en rojo y chocó con su vehículo azul.

PARTE 2
No se generan lesiones personales, pero si daños materiales cuantificados en 50 millones de pesos, pues su vehículo es de alta gama y los repuestos son difíciles de conseguir. 

PARTE 3
Camilo, propietario del vehículo amarillo, manifiesta que tiene mucho afán, que se debe ir y le da sus datos personales a Natalia, indicándole que se encuentra domiciliado en la ciudad de Bogotá.

PARTE 4
La señora Natalia intenta negociar directamente con Camilo, pero no lo ubica, incluso mediante citación a conciliación no se presenta, por lo que llama a su abogado de confianza y le pregunta: “¿Ante qué autoridad presento mi demanda?“.

PARTE 5
Su abogado le menciona que, aplicando las reglas de jurisdicción y competencia, a saber del (1) Factor funcional es un asunto de derecho civil, que por (2) factor subjetivo no hay una cualidad especial de los sujetos, por lo que se aplica el (3) factor objetivo por cuantía, al ser un proceso de responsabilidad civil extracontractual de menor cuantía y (4) factor territorial concurrente a elección. Lo que implica que el juez competente para conocer su demanda será, en primera instancia, el juez civil municipal de Medellín, por ser el lugar donde ocurrieron los hechos, o de Bogotá por ser el lugar del domicilio del demandado. Esto deberá decidirlo ella.


ACTIVIDAD DE REFUERZO
El desarrollo de esta Actividad de refuerzo le permite profundizar en temas relacionados con la jurisdicción y competencia en el derecho procesal. Para desarrollarla recuerde aplicar los factores para determinar la competencia. 

ACTIVIDAD: ¿A QUÉ JUEZ LE CORRESPONDE MI CASO?

Instrucciones: Indique que juez corresponde a cada asunto.

1. Proceso de sucesión de menor cuantía
  • A. Juez civil municipal en primera instancia

2. Expropiación
  • A. Juez civil circuito en primera instancia

3. Declaración de unión marital de hech
  • A. Juez de familia en primera instancia

4. Fijación de cuota de alimentos
  • A. Juez de familia en única instancia

5. Responsabilidad civil contractual con perjuicios reclamados de mínima cuantía
  • A. Juez civil circuito en única instancia

CIERRE
Para dar respuesta a los interrogantes formulados en el Inicio, en el caso del señor Valentín Suárez, retome sus apuntes y con ayuda de la Ley 1564 de 2012 evidencie la congruencia de los siguientes puntos:
  1. Al ser un asunto entre particulares que no involucra al Estado ni comunidad de trámite especial, se trata de un asunto de la jurisdicción ordinaria, específicamente de trámites civiles o de familia.
  2. Los factores para determinar la competencia en este asunto, atendiendo a las reglas de prelación, son los siguientes: 2.1 Factor funcional: puede ser un tema de civil o de familia. 2.2 Factor subjetivo: no aplica. 2.3 Factor objetivo por cuantía: Artículo 26. Determinación de la cuantía. La cuantía se determinará así: en los procesos de sucesión, por el valor de los bienes relictos, que en el caso de los inmuebles será el avalúo catastral. En este caso $4 000 000 000 teniendo en cuenta el SMLMV del año 2021, $ 908 526, un asunto de mayor cuantía (Art. 25 CGP).2.4. Factor territorial: Artículo 28. Competencia territorial. La competencia territorial se sujeta a las siguientes reglas: en los procesos de sucesión será competente el juez del último domicilio del causante en el territorio nacional y en caso de que a su muerte hubiere tenido varios, el que corresponda al asiento principal de sus negocios. En el caso específico será en Villavicencio.
  3. Se trata de un fuero concurrente sucesivamente. En conclusión, el juez competente para conocer de este asunto será el Juez de familia de Villavicencio, en primera instancia (Art. 22 Núm. 9 CGP).

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