- Concurso Homogéneo Sucesivo: mismo comportamiento con la misma víctima o el mismo hecho con varias víctimas independiente del lugar
- Delitos sexuales y de lesa humanidad no prescriben en Colombia.
- Lo que no está por escrito queda en el aire. Todo por escrito cuenta.
- Colocar una acción de tutela se puede colocar por internet, espacio donde hay formatos.
- Hay que saber defender y también saber atacar.
- Siempre es recomendable mirar el máximo de la pena. El monto es la mitad del máximo. Sólo hay una manera de interrumpir el término de prescripción, cuando la Fiscalía hace el traslado del escrito de acusación.
- NO interponemos un derecho de petición, NUNCA. Lo correcto es presentar una petición o un petimento, alegando el derecho fundamental de derecho de petición.
- DENUNCIA PENAL es redundante.
- IMPULSO PROCESAL: puede pedir qué se ha hecho o se pude pedir que realice gestiones. Cuando estamos en el proceso, interponemos postulaciones.
- La prescripción sólo la puede dar un juez.
El desistimiento tácito es una figura jurídica de naturaleza procesal que busca sancionar la inactividad de las partes (especialmente del demandante) cuando el proceso se paraliza por no cumplir con una carga necesaria para que este avance.
En términos sencillos, la ley presume que, si el interesado no realiza las gestiones necesarias para continuar con el juicio, es porque ya no tiene interés en él.
1. ¿Cómo funciona en el Código General del Proceso (Colombia)?
Según el Artículo 317, se aplica principalmente en dos escenarios:
Cuando el proceso está detenido por una carga de la parte: Si para continuar se requiere que el demandante haga algo (ej. pagar unos gastos, notificar a la contraparte) y pasan 30 días sin que lo haga, el juez le dará un plazo adicional de 5 días. Si aun así no cumple, se termina el proceso.
Cuando el proceso lleva mucho tiempo paralizado: Si el expediente permanece en la secretaría por un año (en primera o única instancia) o seis meses (si ya tiene sentencia y está en fase de ejecución), sin que se realice ninguna actuación, el juez podrá declarar la terminación de oficio.
2. Consecuencias Jurídicas
Terminación del proceso: El juez dicta un auto ordenando el archivo del expediente.
Levantamiento de medidas cautelares: Si había embargos o secuestros sobre bienes, estos quedan sin efecto.
Condena en costas: Generalmente, quien permitió que el proceso muriera por inactividad debe pagar los gastos procesales.
Extinción del derecho (Cuidado aquí): Si el desistimiento tácito se declara por segunda vez entre las mismas partes y por el mismo asunto, el derecho pretendido se extingue definitivamente.
Diferencia con el Desistimiento Expreso
A diferencia del tácito, el desistimiento expreso ocurre cuando el demandante manifiesta voluntariamente, mediante un memorial, su deseo de no continuar con la demanda. En el tácito, el silencio y la negligencia son los que "hablan" por la parte.



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