Unidad 2 (La demanda y la contestación de la demanda en...) de Procesal Laboral (V semestre de D.)


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En esta unidad podrán encontrar el material necesario para comprender las primeras instituciones del derecho procesal laboral, específicamente la demanda y la contestación. Para ello, dispondrán de una serie de recursos en donde podrán comprender la técnica exigida para estos documentos. Sumado a esto, podrán identificar y comprender claramente cuáles son los elementos de la demanda, su técnica y especificidades para que sirva como elemento inicial o introductorio del proceso, permitiendo desde el principio un proceso sano, sin vicios y con todos los elementos necesarios. Además, se abordará la contestación de la demanda como uno de los elementos fundamentales para el ejercicio del derecho de defensa, matizando las necesidades propias de la parte pasiva y buscando la protección plena de las garantías procesales y sustanciales de todos en el proceso.

1. MATERIAL FUNDAMENTAL

A. LECTURA FUNDAMENTAL DOS

La lectura fundamental dos se intitula 'La demanda y la contestación de la demanda en el procedimiento
laboral y la seguridad social' y ya está descargada en formato .pdf.

B. VIDEO UNO

  • Título de este episodio: Demanda
  • Autoría y presentación: Nóredlac Ogeid
  • Enlace de este capítulo: 
  • Hora de captura sonora: doce y cuatro de la tarde (12:04 p.m.), hora colombiana 
  • Fecha de captura sonora: domingo, diez de mayo de dos mil veintiséis (10/05/2026)
  • Unidad: dos (2)
  • Título de la unidad dos: La demanda y la contestación de la demanda en el Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social
  • Nombre del podcast: Procesal Laboral
  • Playlist de Procesal Laboral: https://www.youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIYu_hLXI2sPyU6Rxc1EL6o1
  • Temporada: quinta (V)
  • Serie: Comunicación Jurídica
  • Sinópsis: los pasos más imporantes de la presentación de la demanda son (según el art. 25):
    • 1. Designación del juez: el juez laboral del circuito maneja temas de más de 20 salarios mínimos con trámite de primera instancia.
    • 2. Nombre de las partes: la demanda debe contener nombre de la persona natural; en caso de persona jurídica el nombre es la razón social y nombre de su representante.
    • 3. Domicilio: lugar donde las personas desarrollan sus negocios y actividades normales y habituales; ejemplo: Bogotá es la ciudad donde el abogado Fulanito trabaja; mientras que la dirección y lugar de residencia es puntualmente un espacio que se identifica con una dirección o nomenclatura; ejemplo: Carrera 1 # 2 - 3 en Bogotá). Cuando la persona no encuentre el dato, de forma juramentada la persona debe indicar que no conoce ni el domicilio ni el lugar de residencia.
    • 4. Domicilio, nombre y dirección de apoderado judicial: abogado de persona a quien le han dado poder. La dirección puede ser la dirección profesional. También es bueno anexar la dirección de correo electrónico y el número telefónico.
    • 5. Clase de proceso laboral: puede ser Ordinario o Especial; ejemplo: Proceso Ordinario Laboral. 
    • 6. Explicar o expresar las pretensiones: son solicitudes concretas que el cliente del abogado quiere formular al Despacho; se deben realizar de forma precisa y clara; ej: el pago de cesantías de varios periodos; cada pretensión debe ser diferente, una por las del 2019, otras pretensiones por las cesantías del 2020, otras por las del 2021. Es importante realizarlas de forma separada, según el Art. 25A del Código Procesal del Trabajo.
    • 7. Hechos u omisiones: deben estar clasificados y enumerados de forma organizada de forma cronológica y secuencial y separada; ejemplo: este contrato de trabajo se pactó a término fijo. Todo para que el juez comprenda mejor y para que la contestación de la demanda sea juiciosa por parte del demandado.
    • 8. Fundamentos y razones de derechos que sustentan la demanda: deben tener una estructura y una situación; el abogado debe trae al juez las normas que fundamentan nuestra finalidad y nuestro propósito; ej: norma de cesantías según el Código Sustantivo del Trabajo; también sirven tratados internacionales. Las razones de derecho: unen el hecho, la norma jurídica y la pretensión narrando el porqué se tiene derecho a la petición.
    • 9. Forma o petición de individualización concreta de medios de prueba: para que el juez conozca la ocurrencia de los hechos; valen informes, dictámenes periciales, confesiones, indicios. en cuanto a la técnica es importante tener un medio de prueba por cada hecho narrado.
    • 10. La cuantía cuando sea necesaria para fijar la competencia: cuando un proceso supera los 20 salarios mínimos va para primera instancia; cuando un proceso trata menos de 20 salarios mínimos va para única instancia. Pueden existir procesos sin cuantía, en esa línea no hay suma de pretensiones y la cuantía no se puede fijar y el proceso sería de primera instancia.

C. VIDEO DOS

  • Título de este episodio: Contestación de la demanda laboral
  • Autoría y presentación: Nóredlac Ogeid
  • Enlace de este capítulo: https://youtube.com/live/CCvyWbjC1Bw
  • Hora de captura sonora: una y diecinueve de la tarde (1:19 p.m.), hora colombiana 
  • Fecha de captura sonora: domingo, diez de mayo de dos mil veintiséis (10/05/2026)
  • Unidad: dos (2)
  • Título de la unidad dos: La demanda y la contestación de la demanda en el Procedimiento Laboral y de la Seguridad Social
  • Nombre del podcast: Procesal Laboral
  • Playlist de Procesal Laboral: https://www.youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIYu_hLXI2sPyU6Rxc1EL6o1
  • Temporada: quinta (V)
  • Serie: Comunicación Jurídica
  • Sinópsis: es importante señalar que la falta de contestación de la demanda en el término señalado (10 días luego de la notificación del proceso al demandado), se tendrá en cuenta como un indicio grave en contra de la persona que omitió la contestación de la demanda; en ese sentido, puede tener y tendrá consecuencias procesales adversas para la parte. Es muy importante contestar la demanda en el término adecuado. Cuando la contestación de la demanda no reúna los requisitos, el juez puede evaluar la contestación de la demanda y la devuelva para subsanación en un término de cinco días para remitirse con el pleno cumplimiento de los requisitos, de lo contrario esa demanda no será admitida. La contestación de la demanda laboral exige los siguientes requisitos (según el art. 31 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social):
    • 1. Nombre del demandado, domicilio (ciudad o municipio donde la persona desarrolla habitualmente sus negocios) y dirección con nomenclaura específica, número de cédula; además el nombre del apoderado (cuando el demandado no puede recurrir por sí mismo): para evitar que esa demanda y esa contestación y que las partes que la promueven incurran o vulneren el debido proceso. La parte demandada debe contestar la demanda.
    • 2. Pronunciamiento expreso sobre cada una de las pretensiones que están en la demanda (Art. 31): puedo allanarme o negarme a la misma. Se debe explicar el porqué al momento de negar la pretensión, de forma breve. Las pretensiones están en la demanda y se debe revisar qué es lo que la contraparte pretende. Se pueden aceptar o negar cada pretensión explicando el porqué (por qué no se ajusta a derecho). Si son 30 pretensiones, serán 30 pronunciamientos. Por cada pretensión se debe realizar pronunciamientos breves.
    • 3. El pronunciamiento debe ser expreso y concreto sobre los hechos de la demanda (art. 31): ejemplo: "sí es cierto porque ___________________". Aceptar el hecho es confesar. Si no es cierto un hecho, se debe explicar el porqué ese hecho no es cierto. Si el hecho no me consta es porque es atribuible a un tercero y no podemos pronunciarnos sobre lo que ocurrió o sobre lo que pasó o sobre esa afirmación. El juez puede dar por probado ese hecho y de esta manera puede ocurrir la confesión ficta o presunta cuando el hecho no está justificado. "Es cierto", "no es cierto" y "no me consta": son las respuestas; se debe escoger una de estas para cada pronunciamiento adicionando el porqué. Se deben anexar las razones en las dos últimas respuestas explicando el porqué.
    • 4. Formulación de hechos de la defensa, fundamentos de derecho de la defensa y razones de derecho de la defensa (según el art. 31, numeral 4): 
      • HECHOS DE LA DEFENSA: narración organizada y juiciosa de los hechos que sí ocurrieron y que corresponden a nuestra defensa. Deben ser de forma separada, organizada y bien narrada.
      • FUNDAMENTOS DE DERECHO: son base y son la sustancia jurídica que sostienen nuestra defensa.
      • RAZONAMIENTO: debemos leer y verificar qué dice la norma PARA QUE EMPATE con el supuesto de hecho del hecho que estoy narrando como defensa y que eso me lleve a una consecuencia que más adelante plasmaremos con excepción.
    • 5. Petición individualizada y concreta de los medios de prueba: también se pueden solicitar todos los elementos de prueba (documentales, testimoniales, interrogatorios de parte, dictámenes periciales, pruebas de informes y otros que habilita el CGP) para soportar nuestros hechos que hemos planteado como fundamento de nuestra defensa. Cuando solicitamos adecuadamente estos medios, debemos pensar que cada medio de prueba soporte los hechos que nosotros hemos narrado en el ejercicio de la contestación de la demanda. Estos medios de prueba deben soportar los hechos que hemos narrado en la contestación de la demanda por parte del demandado. Ayudan a construir un documento lógico sobre lo que verdaderamente ocurrió y los hechos que constituyen nuestras razones de la defensa.
    • 6. Proposición de excepciones que se presentan y que se deban hacer valer y que deben estar debidamente fundamentadas (art. 31 Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social): las excepciones son la materialización concreta del derecho de contradicción. Nosotros ejercemos derecho de contradicción a través del ejercicio de la excepción. Cada excepción debe atacar la pretensión. Yo debo construir la excepciones pensando en la lógica del proceso en el cual me estoy defendiendo; por ejemplo: si se trata de un proceso de contrato o de declaratoria de contrato realidad, las excepciones que yo formule deben estar apuntadas a desvirtuar la existencia de un contrato de trabajo. Existen:
      • Excepciones previas: enunciadas taxativamente en el art. 100 CGP y constituyen un listado específico dentro de los cuales yo me debo mover y debo seleccionar UNA de éstas para formular dentro del proceso o dentro de la contestación de la demanda.
      • Excepciones de mérito o de fondo: no son establecidas, no son taxativas; debo construirlas de acuerdo con el derecho sustancial y conforme se vaya requiriendo para dar cuenta de la defensa y con la oposición adecuada de las pretensiones; ejemplo: contrato realidad donde proponemos una excepción de inexistencia de relación laboral sustentando por qué en este caso y con los hechos muy alineados con los hechos de la contestación de la demanda y con los fundamentos de derecho y las pruebas que he solicitado, sostener argumentadamente por qué efectivamente no hubo una relación laboral. Ante la ausencia de esa relación laboral no habría lugar a que se generen estos cobros o estas prestaciones sociales y esta declaratoria en general de las demás prestaciones que se buscan en el proceso. Deben estar organizadas y razonadas para que el juez las reconozca porque cuando el juez resuelve el asunto, se pronuncia respecto de las pretensiones de la demanda admitiéndolas o negándolas o respecto de las excepciones de la contestación dándolas por probadas o no. La excepción es lo que al final nos va a exonerar de la condena.
    • 7. Copia del poder de la demanda
    • 8. Pruebas documentales que se hayan. solicitado en la contestación de la demanda y las que quiero que se tengan en cuenta en favor de mi demanda (parágrafo 1 art. 31)
    • 9. Pruebas anticipadas o extraprocesales: si las tuviésemos y las quisiéramos hacer valer en este proceso.
    • 10. Prueba de Existencia y representación legal: si se trata de una persona jurídica de derecho privado mediante el certificado expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad donde esté registrada la empresa que el abogado esté representando.

2. ACTIVIDADES

  • Examen
    Unidad 1 - Evaluación diagnóstica
    Disponible hasta 12 may en 23:55
     Fecha de entrega 12 may en 23:55
    No hay entrega para esta tarea. 10 puntos posibles.
  • Tarea
    Unidad 2 - Actividad de entrega 1
    No disponible hasta 30 may en 0:00
     Fecha de entrega 2 jun en 23:55
    No hay entrega para esta tarea. 160 puntos posibles.
  • Examen
    Unidad 3 - Actividad evaluativa
    No disponible hasta 13 jun en 0:00
     Fecha de entrega 16 jun en 23:55
    No hay entrega para esta tarea. 100 puntos posibles.
  • Tarea
    Unidad 4 - Actividad de entrega 2
    No disponible hasta 20 jun en 0:00
     Fecha de entrega 23 jun en 23:55
    No hay entrega para esta tarea. 210 puntos posibles.
  • Examen
    Unidad 4 - Autoevaluación
    No disponible hasta 27 jun en 0:00
     Fecha de entrega 30 jun en 23:55


3. COMPLEMENTOS

A. LECTURA COMPLEMENTARIA

En este cuerpo normativo podrán encontrar algunas particularidades que el Código Procesal del Trabajo ha establecido respecto del régimen probatorio en esta área del derecho. Es importante leer las concordancias y remisiones que el recurso plantea.





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