En una ciudad colombiana, un peatón cruza una calle muy transitada en un punto sin cruce peatonal y en contra de la señal de tráfico. Mientras cruza, es golpeado por un autobús público que circulaba dentro del límite de velocidad y con todas las medidas de seguridad adecuadas. El peatón sufre lesiones graves y demanda a la empresa de transporte público por daños y perjuicios, alegando que el autobús debería haberlo evitado.
¿Cuál es la opción correcta?
Carlos es propietario de un restaurante reconocido en Cartagena, donde emplea a diversos trabajadores, incluyendo a Juan, un mesero con varios años de experiencia. Durante su turno, Juan, quien estaba en estado de alicoramiento, tropieza y derrama café caliente sobre Marta, una clienta, causándole quemaduras de primer grado. Marta demanda a Carlos por los daños sufridos, argumentando que, aunque el incidente fue accidental, la responsabilidad recae sobre el propietario del restaurante por los actos de sus empleados.
Bajo la legislación colombiana en materia de responsabilidad civil extracontractual por el hecho ajeno, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta en relación con la situación presentada entre Marta y Carlos?
Laura es una conductora con amplia experiencia y un historial impecable en manejo de vehículos. Un día, mientras conduce su coche por las calles de Bogotá, es sorprendida por una fuerte tormenta que reduce la visibilidad y hace que las calles se tornen resbaladizas. A pesar de encender las luces de parqueo no baja la velocidad, ya que observa que en un letrero ponía velocidad máxima 80, Laura pierde el control de su vehículo en una curva y colisiona con la fachada de una panadería, causando daños significativos a la estructura y lesiones a una persona que se encontraba dentro del establecimiento en ese momento.
En relación con la responsabilidad civil extracontractual por hecho propio en el caso de Laura, ¿cuál de las siguientes opciones es la correcta bajo el marco legal colombiano?



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