Magaly García Bautista
- La autonomía de la voluntad: - Acto Jurídico: Aquí siempre va a mediar la voluntad (diferencia principal) para que esa situación tenga efectos en nuestro ordenamiento jurídico, por ejemplo el matrimonio porque tengo la intención o el querer de contraer nupcias. Se genera como un hecho entre personas.
- Hecho Jurídico (cuando tenga la palabra "jurídico" se refleja en el mundo del Derecho), por ejemplo la Inteligencia Artificial que no media la voluntad humana. Aquí no siempre media la voluntad. Puede ser un hecho de la naturaleza o un hecho del hombre.
- hecho: Aquellas situaciones que no tienen un efecto dentro del ordenamiento jurídico. Se divide en 2
- jURÍDICOS:sE CLASIFICAN en dos: Humanos y de la Naturaleza
- Humanos: Son de dos tipos: voluntarios (hacemos referencia al acto jurídico para generar efectos jurídicos) e involuntarios (no media la voluntad del hombre. Se presentan situaciones que generan efectos jurídicos regulados por nuestro ordenamiento jurídico, por ejemplo: el daño en donde no tuve la intención de dañar).
- No jurídicos:
- Negocio Jurídico: donde la voluntad de las personas busca modificar, crear o hacer situaciones que harán repercusiones. Es un acto jurídico.
- En el acto jurídico esos elementos comunes (se aplican en todos los contratos) son que exista un objeto (finalidad que se tiene con ese acto jurídico o el porqué yo contrato), buena fe y principio de la voluntad (cuando quiero comprar ropa para sanar una herida vs. comprar ropa por necesidad de ropa para celebrar un contrato llamado compraventa).
- Con las arras usted está asegurando un resultado
- Los actos preparatorios preparan el negocio jurídico
- El Acto jurídico (emana de la voluntad) que se ve reflejado en un negocio jurídico (el Negocio Jurídico es igual al acto jurídico pero no siempre un Acto Jurídico será un Negocio Jurídico)
- 1501 y 1502 del Código Civil Colombiano.
- Los efectos jurídicos general validez en el ordenamiento jurídico
- El ordenamiento jurídico dice: "yo respeto tu voluntad pero para que se cumpla lo que quieres debes cumplir unas reglas"
- Art. 90 de la C: El Estado responde.
- ¿Qué es la teoría de la imprevisión?
- ¿Qué es la responsabilidad civil extracontractual?
- Una persona legalmente capaz tiene dicernimiento y posibilidad de comprometerse y consciente del acto.
- Autonomía de la voluntad: capacidad de comprometerse, saber y entender a qué me quiero comprometer. La persona debe ser conciente de los pro y los contra, debe ser consciente de sus actuaciones.
- El ordenamiento jurídico dice que después de los 18 años la persona es capaz porque los menos de edad no tienen capacidad reconocida porque no son conscientes de su toma de decisiones.
- Cuando hablamos de solemnidades: requisitos para que los contratos tengan validez, por ejemplo los contratos por escritos (sin necesidad de autenticación).
- El negocio jurídico para que tenga efectos tiene elementos comunes y para que el ordenamiento jurídico lo reconozca: (1502) capacidad sin vicio (que no sea menor de edad o persona con consentimiento viciado porque el papá de la novia lo amenazó con revólver), consentimiento, que evite recaer sobre un objeto ilícito, que tenga una causa lícita.
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- Muchos campesino vendieron sus terrenos a los testaferros porque los grupos ilegales los amenazaron afirmando que matarían a su familia; es un negocio jurídico: sí; todo aparece bien en notaría pero cuando una va a mirar la voluntad del campesino el señor campesino No quería vender porque constriñieron su voluntad; el negocio jurídico sería inválido porque su voluntad se ve mermada por una serie de amenazas. ¿Eso sería un vicio del consentimiento? A la luz del derecho u ordenamiento jurídico, el negocio jurídico fue válido (a primera vista).
- En la restitución de tierras estamos volviendo las cosas a su momento original, al estado de validez (por tener invalidez en el mundo jurídico porque el testaferro nunca fue dueño)
- Soy propietario cuando firmo la escritura y registro la escritura en la oficina de Registro.
- ¿Cómo se demuestra que la voluntad estuvo viciada?, ¿Cómo el campesino puede demostrar que su voluntad estuvo viciada? Acudiendo a los jueves civiles, "señor juez, yo firmé la escritura pero la verdad es que yo no quería firmar, la verdad es que fulanito me amenazó"; los jueces actúan.
- ¿Qué es una medida cautelar?
- El notario público da fe públicos de actos: "Efectivamente él dijo tal cosa".
- Ritualidad y procedimiento: Ejemplo, en Colombia usted tiene que firmar la escritura y registrarla en Registros Públicos.
- Para que esos actos jurídicos sean externalizados...
- ¿Procedimiento versus sustancia?
- La prescripción
- Los derechos prescriben y las acciones caducan
- Un juez debe declarar que eres propietario por prescripción adquisitiva de dominio, ejemplo de persona que nunca registró la escritura para que el juez haga un proceso de pertenencia.
- Los 15 años de arriendo no lo hacen propietario de un mueble porque de por medio ha habido un contrato de arrendamiento, cosa diferente es que el dueño muere y quien ha tomado el arrendamiento paga impuestos y todo y después de 10 años toma posesión y hace el proceso con el juez.
- La voluntad del voluntario es importante, por ejemplo cuando el propietario dice: "Venga Magaly, cuídeme la casa".
- ¿Quiénes son los ocupas?
Ejemplo: Fenómeno del Niño que puede generar daños para el cumplimiento de un contrato hecho de la naturaleza.
- Cuando uno se inscribe y se matricula a la universidad, uno está celebrando uno contrato: existe una causa lícita para constituir un negocio jurídico (válido para el derecho) y tiene efectos (prestar aulas, tener docente, cumplir actividades por parte del estudiante, contraprestación, no todo negocio jurídico tiene que ser escrito o estar autenticado por Notaría (no es elemento esencial o intrínseco para que tenga efectos jurídicos), por ejemplo pasajes de Transmilenio o Avianca; antes los ojos del derecho necesita título y modo: firma y registro, es decir que no basta la firma del notario; el notario no da validez al negocio jurídico).
- En Colombia los contratos laborales pueden ser verbales.
- ¿Cómo demostrar un contrato verbal ante un juez? Con testimonios o recibos de pago de los pagos mensuales, por ejemplo.
"Dame los hechos y te daré el derecho"
- Existe una sentencia que demuestra el valor probatorio de los mensajes de WhatsApp
- Art 58 de la Constitución, dice que se respetan los derechos adquiridos y la propiedad privada no se puede vulnerar. En Colombía sí existe una expropiación reglada.
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