¿En el sector La Venta perduró el derecho particular sobre el colectivo?

Quebrada sin cauce

¿En el sector La Venta perduró el derecho particular sobre el colectivo?

La vereda El Salitre vive un problema silencioso relacionado con el desperdicio de agua en época de invierno por causa del desvío de su quebrada y por la evidente inacción de las autoridades en favor del bien común.

Esta situación ocurrió en época del muceño Édgar Aguilar Castro, alcalde de Simijaca, Cundinamarca, para el periodo 2020-2023; su única respuesta al medio de comunicación Sicuara era que la Junta de Acción Comunal de la Vereda El Salitre debía conseguir una tubería especial para instalarla en el punto problema -ubicado en un tramo del lado de la vía nacional Simijaca - Buenavista - Muzo- y que su administración se encargaría de instalarla; infortunadamente ni lo uno ni lo otro ocurrió y hasta el sol de hoy unos 600 metros de ronda de quebrada siguen borrados en el mapa y la única solución que busca el agua es desbordarse sobre la vía nacional.

¿Cuál es la insatisfacción o el problema?

El 15 de octubre de 2015, aproximadamente, el nuevo dueño de una finca decidió tapar un tramo de la quebrada La Salitreña que pasaba por su predio ubicado en el sector La Venta, vereda El Salitre, municipio de Simijaca, provincia de Ubaté, departamento de Cundinamarca.

Esa ruta de esta quebrada ha existido por muchos años y los testigos han sido padres y abuelos de esta vereda cundinamarquesa. Uno de los testigos, afirma que el nuevo dueño de este terreno, quizás, tapó el tramo de la quebrada que pasaba por su predio usando su derecho de propiedad privada, una libertad real "que se tiene por excelencia sobre una cosa corporal o incorporal, que faculta a su titular para usar, gozar, explotar y disponer de ella, siempre y cuando a través de su uso se realicen las funciones sociales y ecológicas que le son propias", según lo define la Sentencia C-189/06 de la Corte Constitucional de la República de Colombia.

Además, al parecer, las autoridades del momento otorgaron permiso para tapar este afluente hídrico:
  • La Secretaría de Medio Ambiente de la Alcaldía de Simijaca, liderada por la administración municipal 'Simijaca nos Une' 2020-2023.
  • La Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

Desviar esta quebrada trae las siguientes consecuencias:
  1. El agua no puede seguir su ruta original y debe buscar alternativas.
  2. El exceso de agua sobre esta vía nacional puede deteriorar y cuartear su pavimento y sus cunetas de cemento.
  3. El exceso de agua sobre una vía -en tiempo de invierno o verano- podría ocasionar accidentes de tránsito.
  4. El agua limpia que transcurre por la quebrada de esta vereda podría contaminarse con el aceite, la gasolina u otros ingredientes que los vehículos que transitan podrían arrojar a través de sus carrocerías, llantas o exhostos. Y como el agua busca su ruta original, entonces esta contaminación perjudicaría a quienes necesitan el agua de este afluente.
  5. La cuneta que recibe el agua de esta quebrada -debido a que su ruta original ya no existe- no tiene la suficiente capacidad y al recibir tanto líquido, especialmente en invierno, desborda este preciado hidrógeno líquido a la vía con gran tráfico.
  6. Las cunetas son infraestructuras inadecuadas para recibir agua proveniente de afluentes hídricos porque son zanjas longitudinales ubicadas "en ambos lados de la carretera en su defecto, a un solo lado, revestidas o no revestidas, con el objetivo de captar, conducir, y evacuar en forma adecuada los flujos de agua superficial (aguas de lluvia)", según la guía básica Soluciones Viales de la empresa de cemento Argos.

¿Cuáles son los derechos que la comunidad reclama ante el derecho a propiedad privada que goza el dueño de este predio?

Si bien es cierto que el dueño de esta finca goza del derecho a disponer de su propiedad como él desee, no podría perjudicar los derechos de los demás a disfrutar de un líquido preciado y transitar libremente y de forma segura por una vía nacional.

Es importante recordar que el agua es un líquido vital para todos, incluyendo para el dueño de esta finca que hubiera podido aprovechar este fluido para beneficio de él, su familia, su terreno y sus proyectos, porque el "agua es un presupuesto de desarrollo de la vida misma, de la salud y de la dignidad humana de las personas, entendida como la posibilidad de gozar de condiciones materiales de existencia que le
permitan al individuo desarrollar un papel activo en la sociedad", así lo define la página 1 de la Sentencia T-475/17 de la Corte Constitucional.

Además, de acuerdo con varios residentes, la búsqueda de su interés personal perjudicaría la seguridad vial de quienes -incluso él- transitan por esta vía que conecta dos departamentos porque el hecho de que este ruta esté mojada, especialmente en invierno, puede dañar su estructura y causar accidentes de tránsito.

Si se daña la vía, el Estado tendría que arreglarla pero puede que el Estado tarde demasiado tiempo en actuar, por ende varios residentes que no se atreven a declarar pero que brindan la información, quieren que el Estado solucione este inconveniente antes de que se convierta en un problema mayor debido a que el Estado está obligado a "incorporar en el diseño vial especificaciones que prevengan y disuadan comportamientos de los usuarios que puedan poner en riesgo su vida, su integridad personal y su salud o la de terceros", según el artículo 4 de la Ley 2251 de 2002,

¿Cuál es la solución?
  • Respetando el derecho a la propiedad que guarda el dueño de este predio por donde pasaba un afluente hídrico, el Estado debe construir con urgencia un sistema que, para este caso, reemplace la cuneta por una tubería fuerte para el tráfico pesado y que permita recibir muchos litros de agua que circulan en época de invierno.
  • Ponderar el derecho al agua y el derecho a la libre circulación de forma segura sobre el derecho de propiedad privada; aclarando que en este contexto el Estado estaría respetando las dos partes al mismo tiempo; es decir que no obligaría al dueño del predio a reconstruir la ronda de la quebrada.

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