- Nombre: Obligaciones
- Fecha: martes, decimotercero de marzo de dos mil veinticinco (13/03/2025)
- Hora de emisión: de ocho de la noche a diez de la noche (8:00 p.m. a 10:00 p.m.), hora colombiana
- Coordinación: Ovarb Zenémij Enirehtac Dirgní
- Información escrita: https://sicuara.blogspot.com/2025/03/sesion-2-de-obligaciones-version-b.html
- Información sonora: https://youtube.com/live/NRRASAZ4F24
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Fotografía tomada de https://encolombia.com/wp-content/uploads/2023/02/Derechos-Laborales-en-Colombia.jpg |
- Obligación
- Fuente de las obligaciones
- Por el hecho de ser personas, siempre tendremos obligaciones (civiles, familiares, estatales, laborales); son obligaciones que están taxativamente determinadas por la norma.
- ¿Qué es constreñir? Usted se obligó a algo, usted tiene que pagarme.
- Las obligaciones nacen de un contrato o de un delito, en época de Gayo.
- A nivel general (desde Digesto o Gayo), las obligaciones nacen de un contrato o de un delito.
- En Roma lo más importante era el contrato, como fuente de la obligación.
- ¿Cuáles son los vicios del consentimiento?
- ¿Qué es una orbe?
- Necesitábamos unas necesidades, por supervivencia, por ejemplo.
- El hombre empieza a crear mecanismos de colaboración ejerciendo unos compromisos con miembros de la sociedad.
- ¿La fuente tiene un nacimiento y las obligaciones nacen del contrato?
- Nosotros tenemos derechos humanos, constitucionales y fundamentales.
- El esclavo era una cosa y si no me servía pues...
- Ius Gentium
- Si tenía deudas y no podía pagar, pasaba a ser esclavo.
- En las Obligaciones hay elementos: El sujeto activo o acreedor, el sujeto pasivo o deudor, el vínculo o nexo jurídico y el objeto de la obligación.
- Ejmeplo con contrato de compraventa: El sujeto activo o acreedor (vendedor), el sujeto pasivo o deudor (comprador), el vínculo o nexo jurídico y el objeto (apartamento); la Obligación: entregar el dinero pautado por parte del deudor y ceder el bien por parte del vendedor.
- ¿Qué es un poseedor?
- ¿Qué es un tenedor?
- ¿Qué es un mero tenedor?
- El objeto se refiere a qué es lo que deseamos.
- El compromiso de la persona es importante y además el cómo esa persona genera ese compromiso.
- Atar físicamente un objeto.
- La Obligación es un vínculo jurídico, es un sometimiento de un sujeto a otro sujeto, es la potestad del acreedor.
- Los testigos sirven como medio probatorio pero lo importante es generar los mecanismos vinculantes, es decir un vínculo jurídico que genere, por ejemplo, satisfacción patrimonial y la satisfacción mental y personal de la persona.
BIENES
- Existen cosas corpóreas y cosas incorpóreas (lo que no puedo palpar y no puedo tocar pero que está allí, ejemplo: los derechos de autor, la propiedad intelectual).
- eSTAMOs bajo cosas a nuestro alrededor todo el tiempo, cosas relacionadas con biodiversidad, por ejemplo.
- Las cosas generan utilidad, en Roma el esclavo era un cosa que servía para explotar la tierra.
PATRIMONIO
- En caso de un accidente, la persona culpable debe indemnizar, no todo es derivado de un contrato.
- Siempre cuando hablamos de Patrimonio, a la persona le gusta que crezca su patrimonio como incentivo e inseparable de la persona.
Los DERECHOS REALES Y DERECHOS PERSONALES
- Los Derechos reales son importantes (ejemplo: dominio, herencia, usufructo, servidumbre, hipoteca, prensa, uso y habitación).
- La voluntad permite que usted pueda manifestarse y crea ese vínculo de obligación, ejemplos: usted voluntariamente firma un contrato de trabajo, usted voluntariamente quiere casarse, usted voluntariamente está comprando un carro.
- El contrato es ley para las partes, pero la ley también tiene taxativamente limitaciones.
-¿Qué es el Derecho comparado?
- Si yo presto un dinero, ¿qué derechos tengo? Si yo soy vendedor, ¿qué derechos tengo?, pero no se deben olvidar las obligaciones.
- La facultad de compromiso forma parte de la VOLUNTAD, ejemplo: lea la letra pequeña, lea todo el contrato.
- Existen DERECHOS reales, personales, inmateriales o intelectuales y universales (ejemplo: herencia, modos de adquirir el dominio, sucesión por causa de muerte, liquidación de la sociedad conyugal).
- Todos tenemos la capacidad para generar invenciones
AUTONOMÍA PRIVADA
- Libertad individual: todos somos libres en todo momento.
- La igualdad debe mediar en todo momento.
CONTRATO
- El contrato fue una herramienta para el Derecho romano para bienes y servicios.
- Stipulatio: se refiere a las promesas por escrito.
- La celebración del contrato genera vínculos y resultados (compromisos para generar soluciones).
ARTICULO 1496. <CONTRATO UNILATERAL Y BILATERAL>. El contrato es unilateral cuando una de las partes se obliga para con otra que no contrae obligación alguna; y bilateral, cuando las partes contratantes se obligan recíprocamente.
ARTÍCULO 1497. <CONTRATO GRATUITO Y ONEROSO>. El contrato es gratuito o de beneficencia cuando sólo tiene por objeto la utilidad de una de las partes, sufriendo la otra el gravamen; y oneroso, cuando tiene por objeto la utilidad de ambos contratantes, gravándose cada uno a beneficio del otro.
ARTÍCULO 1499. <CONTRATO PRINCIPAL Y ACCESORIO>. El contrato es principal cuando subsiste por sí mismo sin necesidad de otra convención, y accesorio, cuando tiene por objeto asegurar el cumplimiento de una obligación principal, de manera que no pueda subsistir sin ella.
ARTICULO 1500. <CONTRATO REAL, SOLEMNE Y CONSENSUAL>. El contrato es real cuando, para que sea perfecto, es necesaria la tradición de la cosa a que se refiere; es solemne cuando está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, de manera que sin ellas no produce ningún efecto civil; y es consensual cuando se perfecciona por el solo consentimiento.- Contratos: En Colombia existen contratos unilaterales (ejemplos: pago de recompensa, ¿letra de cambio?, testamento, donación; es decir sólo se obliga una sola parte) y bilaterales (ejemplos: matrimonio, compraventa, arrendamiento de apartamento, préstamo), onerosos (ejemplo: compraventa, permuta, arrendamiento) y gratuitos (ejemplos: comodato, constitución de fundación sin ánimo de lucro, donación, mandato gratuito).
- Aceptación y no del mutuo acuerdo: acuerdo de testamento.
- Por cada contrato existen obligaciones puntuales.
- Todos los días estamos en constantes obligaciones
TAREA
- ¿Qué es lo real, lo solemne y lo consensual y lo accesorio?
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