Sesión 6 de Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Sesión 6 de Derecho Internacional de los Derechos Humanos


MARCO REGIONAL CON EL SIDH
  • Ha sido el sistema que más ha denunciado a Estados.
  • Permite que los Estados se unan con fines específicos a los Derechos humanos para promocionarlos y protegerlos.
  • Es un órgano jurisdiccional porque los Estados le otorgan competencia para que los llame a un juicio.
  • Promocionan los derechos.
  • Nuestra región de América desde el pasado (1890) ha generado un crecimiento y una evolución que ha fortalecido el marco de las relaciones exteriores.
  • La Constitución del 91 (sería abrupto cambiarla) es una constitución juvenil porque enmarca instrumentos internacionales para recoger derechos y garantías.
  • Poner en marcha de la economía ha sido una puesta que durante años ha puestos a trabajar el agro.
  • La OEA tiene cercanía con el Bogotazo de 1948. La OEA nace como un ente internacional reconocido con personería jurídica y ofrece espacio de los Estados de las Américas para integrar al continente. Nació para el trato cordial entre Estados entendiendo la soberanía de cada Estado (orden constitucional, por ejemplo).
  • La ONU y la OEA respetan la libre determinación de los pueblos.
  • El SIDH es una ente jurisdiccional; es una jurisdicción subsidiaria porque cuando se radica una solicitud, este Sistema agota unos recursos buscando que la ropa sucia se lave en casa mediante el seno de la jurisdicción interna.
  • La OEA es como una copia de la ONU porque tiene Asamblea General (con comités y comisiones -encargada de promocionar-) y una Secretaría General siendo la representación legal de la OEA.
  • La OEA no genera obligatoriedad para la ratificación de los instrumentos. La OEA no es el SIDH sino que el SIDH forma parte de la OEA. No se quiso quedar como la ONU que sólo recomienda sino que estructuró la CIDH. La CIDH y la Corte forman parte del SIDH.
  • La OEA ha sido preponderante porque va un paso siempre adelante porque ese derecho o esos derechos humanos que surgen por el simple hecho de existir fueron en temas universales declarados a nivel internacional y porque reivindicó derechos individuales y colectivos (prosperidad, trabajo, seguridad social, maternidad, infancia, adolescencia, tránsito entre estados, derechos políticos de la mujer, democracia, derechos culturales).
  • "Hombre lobo para el hombre": JOBS
  • 35 Estados forman parte de la OEA y sólo 23 tienen competencia de ser juzgados (por la libre determinación de los pueblos, diciendo "estamos de acuerdo").
  • En el litigio ante los sistemas internacionales de protección, no importa si ESTADO A mató a agente estatal B; aquí compromete la responsabilidad del Estado porque, ejemplo, el Estado no protegió los Derechos humanos. El litigio del SIDH comporta casos particulares que el juez determinará si en ese caso particular mediante omisión o acción incumplió el componente de garantía de los Derechos humanos; allí surge el buen funcionamiento del SIDH porque provee a las víctimas de un mecanismo internacional (después de haber golpeado la puerta de la jurisdicción interna).
  • El pacto de San JOSÉ COMPORTA la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (juzga Estados en cumplimiento de sus obligaciones). Existe autonomía entre la Corte y la Comisión con la OEA.
  • Aquí el sistema tienen dientes porque tienen medidas adecuadas de protección de derechos humanos que buscan que la persona se desarrolle a través de su esencia porque la persona tiene valor por el simple hecho de existir.
  • El SIDH tiene objetivos y propósitos.
  • El Derecho internacional de los Derechos Humanos HA DE SER coherente y cohesión entre normas internacionales y normas internas. 
  • La dignidad humana de la declaración no es diferente de la dignidad humana de la carta, a la dignidad humana del SIDH, a la dignidad humana constitucional.
  • Todas las normas que se ratifican (instrumentos internacionales) basan en respetar y proteger los derechos de las personas.
  • Debe existir una sola narrativa frente a los derechos humanos; ejemplo: en México existe la acción de amparo (así como la acción de tutela en Colombia). los Estados están obligados en adecuar su jurisdicción interna.
  • Los derechos humanos no se pueden limitar, el disfrute debe ser universal y genérico mediante medidas adecuadas para la materialización de esos derechos por parte de los Estados.
  • ¿Qué pasa si un Estado no otorgó competencia?, no habría competencia para juzgar al Estado; únicamente recibirá una nota que advierte que el Estado, por ejemplo, está violando los derechos humanos.
  • La Comisión y la Corte. La Comisión es importante porque tiene dos funciones: judicial o jurisdiccional (recepciona las peticiones de violación de los Estados; verifica que se hayan agotado los recursos internos, mira que estén en un plazo razonable para poner a andar el asunto; se convierte en acusador en audiencia; monitorea el contexto que se vive en los Estados; realiza peticiones a los Estados, por ejemplo "prioritariamente usted debe tener tal cosa") y administrativa (tiene en su espalda la promoción y protección de lso derechos humanos; es la cara visible de los derechos humanos, visita a los Estados para realizar suscripciones; verifica el cumplimiento de las obligaciones a través de sus comités para mirar cómo va implementando las obligaciones que el Estado adquirió de forma autónoma; visita a los Estados parte auditándolos; genera informe encontrando hallazgos hasta cerrar hallazgos; realiza inspección, control y vigilancia). La Corte es un tribunal que interpreta y aplica la Convención, puede decretar medidas provisionales; no todos los Estados partes llevan esta competencia, sólo los 23.
  • CIDH ha visitado a Colombia, por ejemplo ocurrió cuando sucedió el Estallido social por ejemplo diciendo "¡Oiga, el Esmad no puede utilizar cierto tipo de armas!, las fuerzas militarles no están para disipar protestas; la justicia penal militar debe dejar de pertenecer al Ministerio de Defensa".
  • Los derechos son reivindicaciones de estallidos sociales.
  • Persona humana y dignidad: es el objetivo principal del estado social de derecho.



PREGUNTAS
¿La Corte es un tribunal que interpreta y aplica la Convención?
¿Qué dicen los artículo 217 y 218 de la Constitución?
¿Por qué es importante de la autonomía entre el SIDH con la OEA? pOR INDEPENDecnia, si soy autónomo no recibo presiones de Estados grandes. Si no hay autonomía no hay respeto por las instituciones. Russó dijo que tenía que haber tridivisión de los poderes.














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