Sala profesoral del trigésimo de julio de dos mil veinticinco a las seis de la tarde







SESIÓN DE LAS 5:00 P.M. - SISTEMAS NORMATIVOS INDÍGENAS Y PLURALISMO JURÍDICO con Acihcás Sesenem Nilknarf
  • Los derechos y los derechos van todos los ciudadanos, incluyendo a las comunidades étnicas.
  • fmeneses@poligran.edu.co

SESIÓN DE LAS 6:00 P.M. -ACCIÓN POPULAR - Aspectos generales y jurisprudenciales
Onabrub Odaglis Otsugua Odraude desde el Derecho público.
  • El mundo se descubrió a partir de los descubrimientos de nuestros territorios: afirmación errónea que ocurría en el pasado.
  • Sistema mundo: se refiere a unos países que están en el centro de producción capitalista.
  • El cinturón del sajén en África: economías extractivistas que explotan suelos y de allí se habla de maldición de los recursos naturales porque las transnacionales extraen y no retornan ayuda a la comunidad y sí apoyan el totalitarismo.
  • Dede la cosmovisión de los pueblos indígenas, se viene nutriendo en el constituionalismo del sur de América; es el reconocimiento temprano de la historia del cono sur. Se pasa del antropocentrismo (los derechos humanos surgían de un raicambre individual; es derecho humano en tanto sea endilgable o inherente al ser humano; y no podía ser derechos humanos los derechos de la naturaleza o los derechos colectivos).
  • Opinión consultiva 1232 de 2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: indica -por primera vez- y reconoce que el hecho de que las legislaciones le entreguen derechos a la naturaleza es un mecanismo efectivo; es decir, reconocer derechos humanos a los derechos colectivos.
  • Acción popular: mecanismo idóneo para la defensa de derechos colectivos. Está consagrada en el artículo 88 constitucional, en concordancia con el artículo 144 del Cepaca. Protegen los derechos e intereses colectivos (definidos en al artículo 4): seguridad pública, medio ambiente sano, moralidad administrativa y otros. Hay derechos colectivos que no están en el marco del artículo 4 pero que están innominados y que surgen de obligaciones internacionales (por ejemplo el clima sano, según el SIHD).
  • Las órdenes que da el juez en materia de acción popular son un catálogo abierto, son discreción que entrega el legislativo al juez.
  • ¿Qué es el daño contingente?
  • Si quien causa el daño es EL ESTADO o un particular con funciones administrativa, será el contencioso administrativo el encargado.
  • ¿Qué es un daño ambiental concomitante?
  • ¿Cuál es la diferencia entre daño, causa lesiva y agente de causa lesiva?
  • ¿Qué dice la sentencia T 596 de 2017?
  • ¿Qué es el Ecocentrismo?
  • ¿Qué es un contencioso individual?
  • Acción popular: es un medio de control, según nominación del Cpaca.
  • Las indemnizaciones no son individuales en la acción popular. El sujeto legitimado es toda la comunidad toda, entendida como colectivo, humanidad o pueblo (quienes también son el sujeto pasivo). 
  • NO SE HABLA DE CONCILIACIÓN en materia de Acción Popular porque no son derechos transigibles.
  • El pacto de cumplimiento no es una conciliación.
  • ¿Qué dice la sentencia T 587 de 2009?: en los derechos colectivos, ningún miembro de la comunidad puede adueñarse de ellos.
  • ¿Derechos individuales vs. derechos colectivos?
  • ¿Acción de reparación directa?
  • ¿Qué es la acción de grupo?
  • El daño ambiental puro: daño ambiental que no se pueden observar sus efectos de forma individualizada por los seres humanos.
  • Daño ambiental consecutivo: daño que se ha producido de forma colateral por esos efectos que se ha producido en el medio ambiente.
  • La acción popular puede interponerse antes de que ocurra el daño y pueden emitirse acciones cautelares; la vocación de esta acción es preventiva.
  • El principio de precaución: donde exista duda científica respecto a la magnitud, la causa o la dimensión del daño, el juez tiene la obligación de aplicar el principio de precaución (se utiliza ante el desconocimiento científico).
  • Las contralorías cumplen función de policía judicial.
  • Para este tipo de acción existe el amparo de pobreza.
  • En RELACIÓN con la Acción Popular, la demanda la podrán presentar los alcaldes o funcionarios públicos.
  • ¿Qué son los derechos de orden subjetivo?
  • Los alcaldes están legitimados en la defensa de los intereses colectivos.
  • ¿La acción popular es una demanda?
  • ¿Qué es una sentencia de unificación?
  • El juez popular puede tomar decisiones, a pesar de que no puede anular contratos estatales.
  • ¿Qué es una causa concomitante?
  • ¿Qué significa prestar título ejecutivo?
  • El artículo 34 dice el contenido de la sentencia.
  • Hay órdenes de hacer en donde se han tomado medidas que ha entrado en un estado de obsolescencia científica; no puede ser una orden genérica en abstracto.
  • ¿Qué es un agente lesivo?
  • En la Acción Popular, se podrá demandar a indeterminados y será el juez el encargado de determinar a los responsables. El juez no puede dictar sentencias inhibitorias y debe averiguar el asunto a fondo (es un juez encargado de la reconstrucción de los hechos); el juez deberá ahondar para individualizar a las personas; no podrá haber una condena en abstracto; se debe concretizar
  • ¿Qué es la omisión de vigilancia?
  • ¿Qué dice el Artículo 4 de la Ley 472 de 1998 frente a los derechos colectivos? (goce de un ambiente sano, la moralidad administrativa, el derecho ambiental, la defensa del patrimonio público, la defensa de la salubridad pública). Los derechos colectivos o difusos que NO son derechos que se pueden tutelar: de eso se encarga la Acción Popular. La educación sí es un derecho fundamental que se puede tutelar cuando se trata de niños, por ejemplo.
  • ¿Cuáles son las diferencias entre daño ambiental, daño ecológico y daño colectivo?
  • ¿Qué es una acción de cumplimiento?
  • El acto lesivo pueden generar daño en las personas, eso no excluye que podamos usar la acción popular


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