- Unidad: cuatro (4)
- Título de la unidad cuatro: MASC en los procesos contenciosos administrativos
- Nombre del podcast: Administrativo Especial
- Playlist de Administrativo Especial: https://www.youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIaqrmS3calfPdXgX0b9B116
- Versión escrita de este capítulo: https://sicuara.blogspot.com/2026/05/unidad-4-masc-en-los-procesos.html
- Serie: Comunicación Jurídica
- Temporada: quinta (V)
UNIDAD 4
Para finalizar el módulo, usted podrá entender las formas prácticas para dar solución a un posible litigio judicial, frente a las formas de terminar anticipadamente un proceso. Aquí se abordan los mecanismos alternativos de solución de conflictos, los principios que los rigen, las partes que interactúan, la función legal y constitucional de la intervención de la Procuraduría General de la Nación en este tipo de eventos.
1. MATERIAL FUNDAMENTAL
A. LECTURA FUNDAMENTAL CINCO
Esta lectura se intitula 'MASC en los procesos contenciosos administrativos' y ya está descargada en formato .pdf
B. VIDEO
- Título: Medios alternativos de solución de conflictos, evolución
- Autoría: Sanedrác Sedibuc Osnofla Emiaj
- Fecha de captura sonora: jueves, siete de mayo de dos mil veintiséis (07/05/2026)
- Hora de captura sonora: diez y cuarenta y ocho de la mañana (10:48 a.m.), hora colombiana
- Voz en off: voz sintética
- Versión sonora del actual capítulo: https://youtube.com/live/J_cZVxDT9u0
- Versión escrita del actual capítulo: https://sicuara.blogspot.com/2026/05/medios-alternativos-de-solucion-de.html
- Unidad: cuatro (4)
- Título de la unidad cuatro: MASC en los procesos contenciosos administrativos
- Enlace de la unidad cuatro: https://sicuara.blogspot.com/2026/05/unidad-4-masc-en-los-procesos.html
- Nombre del podcast: Administrativo Especial
- Playlist de Administrativo Especial: https://www.youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIaqrmS3calfPdXgX0b9B116
- Etiqueta de Administrativo Especial: https://sicuara.blogspot.com/search/label/Administrativo%20Especial?&max-results=5
- Versión escrita de este capítulo: https://sicuara.blogspot.com/2026/05/unidad-4-masc-en-los-procesos.html
- Serie: Comunicación Jurídica
- Temporada: quinta (V)
- Resumen de este episodio: Este capítulo analiza los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), enfocándose en su evolución histórica y su importancia en el derecho administrativo colombiano. A continuación, presento los puntos clave:
- ☆ ¿Qué son los MASC?: Son figuras jurídicas que permiten a las partes resolver conflictos mediante acuerdos directos (autocomposición) sin la necesidad inmediata de un juez, ayudando así a descongestionar la rama judicial (0:19 - 1:28).
- ☆ Evolución histórica:
- ★ El primer antecedente se remonta a 1831 con el arbitraje (1:31 - 1:58).
- ★ En 1853 hubo un retroceso al eliminarse la posibilidad de negociación (2:00 - 2:23).
- ★ A partir de 1948 (derecho laboral) y 1987 (rama judicial), se retomó su uso sistemático para aliviar la carga judicial (2:24 - 2:53).
- ☆ Marco legal actual:
- ★ La Constitución de 1991 (artículo 116) y la Ley 23 de 1991 formalizaron la conciliación y el rol de los conciliadores (2:55 - 3:41).
- ★ En derecho administrativo, la Ley 1437 de 2011 - Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (modificada por la Ley 2080 de 2021 - Reforma del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo –Ley 1437 de 2011– y Dictamen de otras disposiciones en materia de descongestión en los procesos que se tramitan ante la jurisdicción) establece la conciliación como un requisito de procedibilidad obligatorio antes de ejercer ciertos medios de control (3:56 - 4:28).
- ★ Actualmente, la Ley 2220 de 2022 - Estatuto de Conciliación regula la intervención de la Procuraduría General de la Nación en estos procesos (4:30 - 4:53).
Prompt:
"¿Qué son los Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos (MASC), en el contexto del derecho administrativo especial en Colombia?
- Herramientas jurídicas que permiten a la administración pública y a los particulares resolver sus controversias de contenido económico o de libre disposición sin necesidad de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa a través de un proceso ordinario.
- Mecanismos que buscan garantizar los principios de economía, celeridad, eficacia y descongestión judicial, permitiendo la autocomposición o la heterocomposición de los litigios donde el Estado es una de las partes.
¿Cuál es su marco normativo principal?
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Autoriza a habilitar a ciertos terceros (como árbitros o conciliadores) para administrar justicia transitoriamente.
"ARTÍCULO 116. La Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, la Fiscalía General de la Nación, los Tribunales y los Jueces, administran Justicia. También lo hace la Justicia Penal Militar y la Jurisdicción Agraria y Rural.
El órgano de cierre de la Jurisdicción Agraria y Rural será la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo de Estado en los términos del artículo 237 de la Constitución Política de Colombia.
El Congreso ejercerá determinadas funciones judiciales.
Excepcionalmente la ley podrá atribuir función jurisdiccional en materias precisas a determinadas autoridades administrativas. Sin embargo no les será permitido adelantar la instrucción de sumarios ni juzgar delitos.
Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley."
2. LEY 1437 DE 2011 - CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO: Regula de forma transversal la procedencia de los MASC frente a las actuaciones y litigios estatales.
"ARTÍCULO 161. REQUISITOS PREVIOS PARA DEMANDAR. La presentación de la demanda se someterá al cumplimiento de requisitos previos en los siguientes casos:
1. Cuando los asuntos sean conciliables, el trámite de la conciliación extrajudicial constituirá requisito de procedibilidad de toda demanda en que se formulen pretensiones relativas a nulidad con restablecimiento del derecho, reparación directa y controversias contractuales.
El requisito de procedibilidad será facultativo en los asuntos laborales, pensionales, en los procesos ejecutivos diferentes a los regulados en la Ley 1551 de 2012, en los procesos en que el demandante pida medidas cautelares de carácter patrimonial, en relación con el medio de control de repetición o cuando quien demande sea una entidad pública. En los demás asuntos podrá adelantarse la conciliación extrajudicial siempre y cuando no se encuentre expresamente prohibida.
Cuando la Administración demande un acto administrativo que ocurrió por medios ilegales o fraudulentos, no será necesario el procedimiento previo de conciliación."
3. LEY 2220 DE 2022 - ESTATUTO DE CONCILIACIÓN: moderniza y unifica las normas sobre la materia, incluyendo directrices específicas para la conciliación extrajudicial en derecho administrativo."
Toma la anterior información literal, pégala en tu espacio de diseño, no cambies ninguna palabra; no inventes palabras, básate en el idioma español. Quiero un título en letra mayúscula que diga "MEDIOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS, EVOLUCIÓN". Impregna este diseño con mucho talento y creatividad de parte tuya. Este diseño debe estar de forma horizontal y con el tamaño ideal 1280 px por 720 px, con una relación de aspecto de 16:9.
2. ACTIVIDADES
- Unidad 1 - Evaluación diagnósticaNo disponible hastaFecha de entrega
- Unidad 2 - Actividad de entregaNo disponible hastaFecha de entrega
- Unidad 3 - Actividad evaluativaNo disponible hastaFecha de entrega
- Unidad 4 - Examen finalNo disponible hastaFecha de entrega
- Unidad 4 - AutoevaluaciónNo disponible hastaFecha de entrega
3. COMPLEMENTOS
A. LECTURA COMPLEMENTARIA
La Unidad 4 - 'MASC en los procesos contenciosos administrativos' recomienda las siguientes lecturas complementarias para ampliar y reforzar la información de la unidad:
- Nombre: La conciliación contenciosa administrativa. Análisis desde la tutela judicial efectiva.
- Referencia: Torres Osorio, E. del S. (2021). La conciliación contenciosa administrativa. Análisis desde la tutela judicial efectiva. Prolegómenos, 24(48), 93-108. https://research-ebsco-com.loginbiblio.poligran.edu.co/c/7ywhah/viewer/pdf/k465uwi52z
- BÚSQUEDA POR: https://research.ebsco.com/c/7ywhah/viewer/pdf/k465uwi52z
- Páginas: 93-107
- Enlace permanente: https://research.ebsco.com/c/7ywhah/details/k465uwi52z?limiters=FT1%3AY&q=la%20conciliaci%C3%B3n%20administrativa%20%C2%BFm%C3%A9todo%20a%20seguir%3F
En este texto el estudiante encontrará lo pertinente a la conciliación como mecanismo idóneo para iniciar el acceso a las etapas del proceso que rigen los diversos medios de control que fueron analizados en la unidad anterior. Para ello observará que esta herramienta es idónea y conducente para la búsqueda y materialización de los pasos a seguir dentro de la jurisdicción contenciosa administrativa.



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