¿Cuáles son los elementos de la conducta punible?
¿Qué es la conducta punible?
¿Qué es el derecho penal de acto?
¿Qué es la responsabilidad objetiva?
¿Qué es la responsabilidad del llamado derecho penal de autor?
en el artículo 12 del Código Penal (2000) y el artículo 29 de la Constitución Política
actúe con culpabilidad.
¿Qué significa la palabra "imputable"?
¿respuesta punitiva del Estado?
¿Qué es pasible?
el reproche penal
conducta típica y antijurídica
¿Cuáles son los elementos de la conducta punible?
artículo 33, inciso 1° del Código Penal (2000)?
Velásquez (2020) para efectos de abordar el “aspecto negativo del juicio de exigibilidad” (p. 534), el cual se integra de elementos como el error de prohibición, el estado de necesidad excluyente de la culpabilidad y la inimputabilidad.
el aspecto negativo del juicio de culpabilidad
(error de prohibición)
(necesidad excluyente de la culpabilidad);
cuando la persona no puede comprender la ilicitud de su comportamiento y de determinarse de conformidad con dicha compresión (inimputabilidad).
“[…] Se obre con error invencible de la licitud de su conducta. Si el error fuere vencible la pena se rebajará en la mitad”.
Roxin (1997) refiriendo que “concurre un error de prohibición cuando el sujeto, pese a conocer completamente la situación o supuesto de hecho del injusto, no sabe que su actuación no está permitida”
quien obra sin culpabilidad no está en condiciones de comprender la ilicitud de su actuar, pues “el que actúa sin tener la posibilidad de conocer su ilicitud formal y materialmente concebida, es porque supone que su comportamiento no constituye injusto (representación equivocada), o bien sea porque no piense en absoluto en el injusto (ausencia de representación)” (p. 536). Entonces, según lo expuesto, resulta patente que aquella persona que no sabe que su conducta es típica y antijurídica no puede superar el juicio de exigibilidad o de culpabilidad.
juicio de exigibilidad o de culpabilidad.
¿Cuáles son las clases de error de prohibición?
las clases de error de prohibición, las cuales, siguiendo a Velásquez (2020), pueden ser vencible o invencible:
en cuanto al error de prohibición invencible, Velásquez (2020) señala que se presenta en aquellas situaciones en las que “el autor, al obrar con diligencia debida, no hubiese podido comprender la antijuridicidad del injusto, esto es, se trata de un yerro que cualquier persona en la situación del agente hubiera padecido” (p. 539).
a antijuridicidad del injusto
Sobre el error directo o abstracto
al error indirecto
“error sobre la existencia de una justificante” (p. 541), se presenta cuando el agente supone que su actuar está justificado por el ordenamiento jurídico, pero no es así.
“error sobre los límites de una justificante
error sobre la concurrencia de circunstancias que de darse justificarían el hecho”
causal de justificación legalmente reconocida
‘justificantes’ putativas
La tercera, denominada “error sobre la concurrencia de circunstancias que de darse justificarían el hecho” (p. 541), se presenta “cuando el agente supone la presencia de los requisitos objetivos de una causal de justificación legalmente reconocida, cuando en realidad ello no sucede; son los casos de ‘justificantes’ putativas de los que ya se habló”
El estado de necesidad excluyente de culpabilidad
estado de necesidad justificante.
el estado de necesidad justificante y el estado de necesidad excluyente de culpabilidad)
La presión psíquica padecida por el autor (concepción psicológica); la ausencia de una actitud hostil al derecho (concepción normativa); la ausencia de prohibición de la acción, pues el ordenamiento jurídico debe abstenerse de todo juicio de valor desaprobatorio (teoría de la unidad); la prepotente presión sobre los motivos; y la notable disminución del contenido de culpabilidad del hecho. Sin duda, la razón de ser de esta causal de inculpabilidad es la no exigibilidad de un comportamiento distinto, que es el fundamento genérico de todas las causales de inculpabilidad.
¿Qué es la presión psíquica padecida por el autor?
¿Qué es la la ausencia de una actitud hostil al derecho (concepción normativa)?
¿Qué es la ausencia de prohibición de la acción?
¿Qué es un juicio de valor desaprobatorio?
¿Qué es la prepotente presión sobre los motivos?
¿Qué es una causal de inculpabilidad?
¿Cuál es la diferencia entre Inimputabilidad e Imputabilidad?
¿diversidad sociocultural?
¿qUÉ es el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes?
¿Qué dice el artículo 33 del Código Penal?
el artículo 3 del Código Penal (2000)
al artículo 4 del Código Penal (2000)
inimputabilidad
¿Qué es la capacidad de capacidad de autodeterminación?
¿Cuál es un ejemplo de inmadurez psicológica?
¿Qué son los disminuidos sensoriales con severa deprivación de información?
¿Qué es el proceso global de aprehensión de la realidad?
¿Qué es el psiquismo humano?
¿Qué es la perturbación patológica?
¿Cuáles son las esferas de la personalidad?
¿Qué es el mundo de los valores?
¿Qué dicen los artículos 70 y 71 del Código Penal (2000)?
¿Será cualquier afección que de manera permanente afecte las esferas de la personalidad y cuya intensidad sea tal que suprima o debilite la capacidad del sujeto para insertar su comportamiento en el mundo de los valores o la capacidad de autorregular su conducta conforme a ellos a pesar de tener conciencia de lo que hace?
- lograr una remisión de la sintomatología aguda
¿ la esquizofrenia y la psicosis?
¿artículos 71 y 75 del Código Penal (2000)?
¿Qué significa que un trastorno mental transitorio pueda presentarse con base patológica?
¿Qué significa que un trastorno mental transitorio pueda presentarse sin base patológica?
trastorno mental transitorio con base patológica: Alteración mental severa que se genera en una disfunción biológica o de personalidad, de presentación aguda o crónica episódica (como en los casos de patología dual), que recidiva si no se somete a tratamiento y que, durante la ocurrencia de los hechos investigados, altera de manera significativa las capacidades cognoscitivas y volitivas. Requiere tratamiento psiquiátrico que, de acuerdo al caso, puede ser hospitalario o ambulatorio.
¿Cuál es la diferencia entre imputado y sindicado?
Dentro de los principales trastornos mentales transitorios, de conformidad con Solórzano (1990), se encuentran “ausencias epilépticas, estado crepuscular traumático, intoxicaciones exógenas, las reacciones de corto circuito, el estado postdormical patológico y el sonambulismo”
¿Qué es el injusto penal?
¿Qué significa demostrar la carencia de capacidad para comprender la ilicitud del comportamiento o para determinarse?
¿Qué significa que "si estamos frente a un trastorno mental transitorio con base patológica habrá lugar a imponer una medida de seguridad consistente en la internación en un centro psiquiátrico o en una clínica de acuerdo con la patología que se vaya a tratar"?
¿Qué dice el el artículo 71 del Código Penal (2000)?
¿Qué escribe el artículo 75 del Código Penal (2000)?
“para la configuración del trastorno mental no resulta suficiente alegar que se actuó en estado de ebriedad, sino demostrar la carencia de capacidad para comprender la ilicitud del comportamiento o para determinarse, debido a la intoxicación producida por la sustancia ingerida”
en aquellos casos en los que no exista base patológica, no habrá lugar a imponer medida de seguridad según lo previsto por el artículo 75 del Código Penal (2000).
artículo citado 33 del Código Penal (2000) refiere que no será inimputable aquel que haya preordenado su trastorno mental.
¿Qué es impunidad?
¿Qué dice el artículo 33 del Código Penal (2000)?
¿Qué significa que todo aquel que “no comparte los valores dominantes de la sociedad y del ordenamiento penal nacional es equiparado a un inmaduro sicológico, o su diversidad sociocultural es asimilada a un trastorno mental, del cual la persona debe ser curada” ?
¿Qué dice la Sentencia SP-3812 del 2019?
¿Por qué la diversidad sociocultural prevista en el artículo 33 del Código Penal (2000) es claramente inconstitucional?
Explica de forma clara la siguiente información: "Aunque el anterior razonamiento llevó a concluir a todas luces que la diversidad sociocultural prevista en el artículo 33 del Código Penal (2000) es claramente inconstitucional, la corporación optó por dejarla en el ordenamiento con el fundamento de que al expulsar dicha causal de inimputabilidad se crearía un déficit de protección respecto de dichos grupos culturales diversos, señalando que lo correcto es que dentro del ordenamiento jurídico penal exista un “error de prohibición condicionado por diversidad socio cultural”".
Explícame la siguiente información: "Con todo, la Corte estimó que a pesar de que el ordinal 11 del artículo 32 del Código Penal (2000) no contempla la referida causal de ausencia de responsabilidad penal en atención a que se limita a señalar que no habrá lugar a responsabilidad penal cuando “se obre con error invencible de la licitud de la conduta”, advirtió el organismo de cierre constitucional que desde una interpretación sistemática2 dicho ordinal incluye también el error de prohibición culturalmente condicionado, pues para la Corporación (2002) “quien no puede comprender, por su particular cosmovisión, la ilicitud de su comportamiento, obra con un error sobre la licitud de su comportamiento” (Sentencia SP-3812 del 2019.p. 36)."
Explícame de forma demasiado clara la siguiente información: "Así las cosas, concluye el máximo organismo de la jurisdicción constitucional que la diversidad sociocultural no puede ser criminalizada; por tal virtud debe excluirse la responsabilidad penal no por inimputabilidad, sino por un error de prohibición culturalmente condicionado de conformidad con el artículo ordinal 11 del artículo 32 del Código Penal (2000) respecto de aquella persona que realiza una conducta típica y antijurídica por tener una cosmovisión diferente, pero que ha actuado por un error de interpretación cultural, claro está, siempre y cuando no haya tenido la posibilidad de actualizar su conocimiento porque no toda conducta desplegada por un miembro de un grupo cultural diverso conllevaría a concluir que tiene un desconocimiento sobre la ilicitud de comportamiento."
Explícame esta información: "Para ilustrar un poco mejor lo expuesto tenemos el caso de un joven indígena que sale de su territorio a realizar estudios universitarios en la ciudad de Bogotá y comete algún injusto, caso que permite concluir que ha tenido la posibilidad de conocer y asimilar la cultura de su nuevo entorno, no pudiendo alegar esta situación en el evento de cometer una conducta típica y antijurídica"
¿Qué tipos de medida de seguridad existen dentro del Derecho Penal?
Dame un ejemplo de una una conducta típica y antijurídica
sentencias SP-5522/19, SP-5356/19 y SP-3812/19
¿Qué significa que "los elementos estructurales de la culpabilidad son la imputabilidad o la capacidad de culpabilidad, el conocimiento de la antijuridicidad y la exigibilidad de otra conducta"?
¿Qué es la Imputabilidad o capacidad de obrar con culpabilidad?
¿Quién es inimputable?
Explícame claramente esta información: ha precisado la Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Penal en sentencia 4760 (2020) que “la capacidad para realizar el delito con culpabilidad se denomina imputabilidad, la que puede definirse, entonces, como la aptitud psicológica, mental y sociocultural para comprender la antijuridicidad o ilicitud de una conducta y para determinarse con fundamento en esa comprensión”
No entendí, explícame esta información: "Entonces, a partir de la definición de la inimputabilidad podemos indicar que esta debe entenderse como la capacidad que tiene el agente de comprender (aspecto cognitivo) y autodeterminarse (aspecto volitivo) para actuar en dirección de la realización de una conducta típica y antijurídica, conociendo, en tal sentido, la consecuencia atribuible de su actuar."
¿Qué es el error de prohibición?
¿Qué significa lo que estima Roxin (1997): “Se exige demasiado poco cuando se considera suficiente para la conciencia de la antijuridicidad la conciencia de la dañosidad o de la inmoralidad”?
¿Qué significa lo que reitera Roxin (1997): “No obstante, la conciencia de la dañosidad social o del carácter de cualquier otro modo valioso de la propia conducta es un indicio de la vencibilidad de un error de prohibición”?
¿Cuál es la diferencia entre el error de tipo y el error de prohibición, desde la culpabilidad?
Explícame esta información: "Luego en el error de prohibición la falla en el conocimiento del agente no reside en los elementos estructurales del modelo de conducta prohibida por la ley, las cuales conoce, sino en la asunción que tiene acerca de su permisibilidad. Para que el mismo tenga relevancia jurídica, es decir, excluya al sujeto de responsabilidad penal, debe ser invencible, pues si fuere superable deberá responder por el delito ejecutado de manera atenuada, como lo prevé el numeral 11 del artículo 32 de la Ley 599 de 2000."
la Sentencia SP-5522/19
¿Qué dice la Sentencia SP-3812/19?
¿Qué es el llamado juicio de culpabilidad o exigibilidad?
los elementos de la culpabilidad son la imputabilidad, el conocimiento de la antijuridicidad y la exigencia de otro comportamiento
¿Qué significa que la culpabilidad tenga elementos?
DATOS
ERROR DE TIPO:
En el error de tipo hay una exclusión del dolo por cuanto el agente tiene una incorrecta representación de un elemento objetivo del tipo penal, como puede ser el caso de aquella persona que se encuentra completamente segura de que su novia, con quien sostiene una relación amorosa y sexual, es mayor de edad, bien sea porque esta le informó o por el contexto en el que se conocieron, como un bar, en donde se supone que solamente ingresan personas que son mayores de edad, o en las redes sociales, en donde señala una edad diferente a la actual; sin embargo, la misma tiene 13 años, por lo que el agente desconoce un elemento objetivo del tipo penal, como la edad, del acceso carnal abusivo con menor de catorce (14) años previsto en el artículo 208 del Código Penal (2000) que señala: “El que acceda carnalmente a persona menor de catorce (14) años, incurrirá en prisión de doce (12) a veinte (20) años”.
ERROR DE PROHIBICIÓN:
El error de prohibición en el que, como se sustentó líneas atrás, el autor conoce todas las circunstancias del hecho y actúa dolosamente, sin embargo, considera que su actuar está permitido, como puede ser el caso, según Roxin (1997), de “quien graba la llamada telefónica de otro en una cinta magnetofónica sin consultar al interlocutor, sabe que registra en un soporte de sonido la palabra de otro no pronunciada públicamente”
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