Sexta clase de Penal General

Sexta clase de Penal General



- Tercer aspecto de la culpabilidad: 
- ¿Qué es la Escuela Neocartiana?
- Culpabilidad: 

ARTÍCULO 12. CULPABILIDAD. Sólo se podrá imponer penas por conductas realizadas con culpabilidad. Queda erradicada toda forma de responsabilidad objetiva.

Es culpable quien realiza el injusto penal.
- Imputable: Conocer la ilicitud.
- ¿Qué es un juez con funciones de conocimientos?
- ¿Cuándo puede ocurrir una inadecuada captura?
- ¿Qué es retrotraer?
- ¿Qué es raigambre?
- La culpabilidad es un requisito para imponer las penas.
- Delito de agente retenedor: Siempre se persigue al representante legal por quizás, no cumplir en el pagos no recaudados.
- La culpa siempre es individual e intranferible.


ARTICULO 6o. Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.

- ¿Qué es el injusto penal?
- Típico, antijurídico y culpable (saber si esa finalidad sale de la mente del autor del delito)
- No existe una pena si no hay culpa.

ARTÍCULO 32. AUSENCIA DE RESPONSABILIDAD. <Ver Notas del Editor> No habrá lugar a responsabilidad penal cuando:

1. En los eventos de caso fortuito y fuerza mayor.

2. Se actúe con el consentimiento válidamente emitido por parte del titular del bien jurídico, en los casos en que se puede disponer del mismo.

3. Se obre en estricto cumplimiento de un deber legal.

4. Se obre en cumplimiento de orden legítima de autoridad competente emitida con las formalidades legales.

No se podrá reconocer la obediencia debida cuando se trate de delitos de genocidio, desaparición forzada y tortura.

5. Se obre en legítimo ejercicio de un derecho, de una actividad lícita o de un cargo público.

6. <Numeral modificado por el artículo 3 de la Ley 2197 de 2022 -corregido por el artículo 2 del Decreto 207 de 2022-. El nuevo texto es el siguiente:> Se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea:

6.1. Legítima defensa privilegiada. Se presume también como legítima la defensa que se ejerza para rechazar al extraño que usando maniobras o mediante violencia penetre o permanezca arbitrariamente en habitación o dependencias inmediatas, o vehículo ocupado. La fuerza letal se podrá ejercer de forma excepcional para repeler la agresión al derecho propio o ajeno.

PARÁGRAFO. En los casos del ejercicio de la legítima defensa privilegiada, la valoración de la defensa se deberá aplicar un estándar de proporcionalidad en el elemento de racionalidad de la conducta.

7. Se obre por la necesidad de proteger un derecho propio o ajeno de un peligro actual o inminente, inevitable de otra manera, que el agente no haya causado intencionalmente o por imprudencia y que no tenga el deber jurídico de afrontar.

El que exceda los límites propios de las causales consagradas en los numerales 3, 4, 5, 6 y 7 precedentes, incurrirá en una pena no menor de la sexta parte del mínimo ni mayor de la mitad del máximo de la señalada para la respectiva conducta punible.

8. Se obre bajo insuperable coacción ajena.

9. Se obre impulsado por miedo insuperable.

10. Se obre con error invencible de que no concurre en su conducta un hecho constitutivo de la descripción típica o de que concurren los presupuestos objetivos de una causal que excluya la responsabilidad. Si el error fuere vencible la conducta será punible cuando la ley la hubiere previsto como culposa.

Cuando el agente obre en un error sobre los elementos que posibilitarían un tipo penal más benigno, responderá por la realización del supuesto de hecho privilegiado.

11. Se obre con error invencible de la licitud de su conducta. Si el error fuere vencible la pena se rebajará en la mitad.

Para estimar cumplida la conciencia de la antijuridicidad basta que la persona haya tenido la oportunidad, en términos razonables, de actualizar el conocimiento de lo injusto de su conducta.

12. El error invencible sobre una circunstancia que diere lugar a la atenuación de la punibilidad dará lugar a la aplicación de la diminuente.

PARÁGRAFO TRANSITORIO. <Parágrafo adicionado por el artículo 13 de la Ley 2272 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> No habrá lugar a la responsabilidad penal por la comisión de las conductas de las que tratan los artículos 365 y 366 del presente Código cuando el arma, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, ilegales o irregulares, de uso privativo de la fuerza pública o traficadas, sean entregadas con ocasión y durante el término previsto en el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas y su reglamentación. Sin perjuicio de la responsabilidad penal que tenga lugar cuando estas conductas se hayan cometido en concurso con delitos más graves, caso en el cual deberá responderse por estos últimos, de conformidad con la ley.



- Los servidores están sujetos a cumplir los deberes de su función pública.
- ¿Qué es el debido proceso?
- Ausencia de responsabilidad versus Atenuante de responsabilidad.
- Imputablidad: Existencia de las condiciones cognitivas (conocimiento), volitivas (voluntad) y afectivas (viene de sentimiento) para actuar con culpabilidad es la declaración que el juez realiza en el fallo.
- ¿Qué es un atenuante?
- ¿Cuál es la diferencia entre atenuante y ausencia de responsabilidad?

ARTÍCULO 33. INIMPUTABILIDAD. <Artículo modificado por el artículo 26 de la Ley 2098 de 2021. El nuevo texto es el siguiente:> <Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible> Es inimputable quien en el momento de ejecutar la conducta típica y antijurídica no tuviera la capacidad de comprender su ilicitud o de determinarse de acuerdo con esa comprensión, por inmadurez sicológica, trastorno mental, diversidad sociocultural o estados similares.

No será inimputable el agente que hubiere preordenado su trastorno mental.

<Aparte tachado INEXEQUIBLE> Los menores de dieciocho (18) años estarán sometidos al Sistema de Responsabilidad Penal para adolescentes y en ningún caso se les impondrá la prisión perpetua revisable.


- ¿Qué son los elementos probatorios?

- ¿Qué son las conductas punibles?

- ¿Multa (va en favor del Estado) versus indeminzación (va a favor de la víctima)?

- cADA VEZ que se defienda a alguien se debe pedir la ayuda de un perito.

- Si el sujeto demuestra que no existían esas condiciones -cognitivas (conocimiento), volitivas (voluntad) y afectivas (viene de sentimiento)- será declarado inculpable e inimputable. Si no confluyen, estamos ante una inimputabilidad.

- Para que haya culpabilidad, deben existir estas tres condiciones.

- ¿Qué es un error de tipo invencible?

- ¿Qué son los elementos materiales probatorios?

- ¿Qué es un legrado, en el contexto del aborto?

- Antes el Derecho a la Vida era absoluto.

- ¿Qué es la pastilla Misoprostol?

- Menor de 14 años 

- Todos los estaán obligando y se les puso un límite a la objeción de conciencia a los médicos.

- Transtorno metal permanente: Sujeto que no tiene cura y no puede llegar a su estado anterior.


ARTÍCULO 70. INTERNACIÓN PARA INIMPUTABLE POR TRASTORNO MENTAL PERMANENTE. Al inimputable por trastorno mental permanente, se le impondrá medida de internación en establecimiento psiquiátrico, clínica o institución adecuada de carácter oficial o privado, en donde se le prestará la atención especializada que requiera.

Esta medida tendrá un máximo de duración de veinte (20) años y el mínimo aplicable dependerá de las necesidades de tratamiento en cada caso concreto. Cuando se establezca que la persona se encuentra mentalmente rehabilitada cesará la medida.

Habrá lugar a la suspensión condicional de la medida cuando se establezca que la persona se encuentra en condiciones de adaptarse al medio social en donde se desenvolverá su vida.

Igualmente procederá la suspensión cuando la persona sea susceptible de ser tratada ambulatoriamente.

En ningún caso el término señalado para el cumplimiento de la medida podrá exceder el máximo fijado para la pena privativa de la libertad del respectivo delito.


- Algunos ven en este tipo de situaciones (transtorno mental permanente con base patológica) para evitar las cárceles. 

- La Fiscalía puede realizar el contraperitaje para demostrar si hay transtorno o no, si demuestra engaño se ven perjudicadas más personas como los médicos.

- ¿Qué es el proxenetismo con menor de edad?

- ¿Qué es la demanda de explotación sexual con menor de 18 años y mayor de 14 años? Da pena de 20 años.

- Transtorno penal transitorio: Por ejemplo: La persona no sabe cómo actuar en medio de los nervios. Si existe una base patológica (si hay algo dentro del interior de la persona que en calma muestra normalidad, pero si en determinados detonantes "se sale de los chiros".

Sí hay base patológica nos vamos al siguiente artículo: 


ARTÍCULO 71. INTERNACIÓN PARA INIMPUTABLE POR TRASTORNO MENTAL TRANSITORIO CON BASE PATOLÓGICA. Al inimputable por trastorno mental transitorio con base patológica, se le impondrá la medida de internación en establecimiento psiquiátrico, clínica o institución adecuada de carácter oficial o privado, en donde se le prestará la atención especializada que requiera.

Esta medida tendrá una duración máxima de diez (10) años y un mínimo que dependerá de las necesidades de tratamiento en cada caso concreto. La medida cesará cuando se establezca la rehabilitación mental del sentenciado.

Habrá lugar a la suspensión condicional de la medida cuando se establezca que la persona se encuentra en condiciones de adaptarse al medio social en donde se desenvolverá su vida.

Igualmente procederá la suspensión cuando la persona sea susceptible de ser tratada ambulatoriamente.

En ningún caso el término señalado para el cumplimiento de la medida podrá exceder el máximo fijado para la pena privativa de la libertad del respectivo delito.



- Si no hay base patológica, no se impondrá una medida de seguridad por "la realización del injusto".

- ¿Qué es onmibularme?

- Inmadurez Psicológica: Falta de desarrollo volitivo. No es una n¡enefermedad mental ergo la medida de seguridad no es el ingreso a una clínica sino la internación a una institución durante 10 años.


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ARTÍCULO 72. LA INTERNACIÓN EN CASA DE ESTUDIO O DE TRABAJO. A los inimputables que no padezcan trastorno mental, se les impondrá medida de internación en establecimiento público o particular, aprobado oficialmente, que pueda suministrar educación, adiestramiento industrial, artesanal, agrícola o similares.

Esta medida tendrá un máximo de diez (10) años y un mínimo que dependerá de las necesidades de asistencia en cada caso concreto.

Habrá lugar a la suspensión condicional de la medida cuando se establezca que la persona se encuentra en condiciones de adaptarse al medio social en donde se desenvolverá su vida.

Igualmente procederá la suspensión cuando la persona sea susceptible de ser tratada ambulatoriamente.

En ningún caso el término señalado para el cumplimiento de la medida podrá exceder el máximo fijado para la pena privativa de la libertad del respectivo delito.

- ¿Quiénes son inmaduros? Menores de 14 años es por eso que hay niños sicarios que no pueden ser procesados.

- ¿Qué es la diversidad sociocultural?

- ¿Qué dice la Sentencia C (son sentencias de constitucionalidad) 370 de 2002? Declaró inexequible el artículo 73 del Código peNAL colombiano.

- ¿Qué es el efecto Erga Omnes (para todo el mundo)?

- ¿Qué es el efecto interpartes?

- ¿cUÁLES son las categorías de transtorno mental?

- Los menores de 14 años son inmunes (no los puedo procesar) pero se puede alegar para que le puedan imponer una medida de suguridad en un reformatorio o establecimiento agrícola o industrial, por ejemplo. Los menores de 18 años no son inimputables.

- Los menores de 14 años son inmunes. Los menores de 18 años no son inimputables.

- ¿Ante quién se denuncia a un menor de 14 años?

- ¿Qué es el habeas corpus (viene del año 1250, desde la carta de Juan sin Tierra)?

- ¿Qué significa que la persona queda impune?

- ¿Quién es Timoty, el extranjero en Colombia?

- ¿Cuál es la diferencia entre Incapacidad de comprender la ilicitud al momento de comprender la conducta punible versus la incapacidad de ajustar su comportamiento?

- A mí únicamente me pueden juzgar en el territorio donde cometí los delitos.

- ¿Quién es Yair Klein?

- Si pasan 36 horas, se puede solicitar la libertad.

- ¿Qué es el Derecho de la defensa?

- ¿Qué es el debido proceso?

- ¿Qué es el execuatur? La sentencia exequátur es un procedimiento judicial que permite que una sentencia dictada por un tribunal extranjero tenga efectos en Colombia. El exequátur se solicita ante la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia.

- ¿Qué es la repatriación de presos?

- ¿Qué es el error de prohibición?

-¿Qué es la teoría del finalismo? Reconoció el aporte que el dolo y la culpa son formas de la conducta y no de la culpabilidad. La culpabilidad solo es posible en libertad pero hay que enfrentar tres elementos.

- ¿QUé es la inexegibilidad de la conducta?

- ¿Cuál es la principal diferencia entre el dolo y la culpa es la mala fe con la que se actúa?


jstrujillo@poligran.edu.co correo electrónico del profesor.

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