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| Fotografía que describe en plano entero un libro de la Constitución y encima de ella un martillo de juez. Tomada de https://concepto.de/wp-content/uploads/2018/02/derecho-constitucional-e1547235759814.jpg |
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- No todo pasa por el sesgo democrático.
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Teoría Monista vs. Teoría Dualista: La Relación entre el Derecho Internacional y el Derecho Interno
La relación entre el derecho internacional y el derecho interno
Teoría Monista
La teoría monista sostiene que el derecho internacional y el derecho interno forman parte de un único orden jurídico. Es decir, no existe una separación tajante entre ambos, sino que se integran en un sistema normativo unificado.
Características principales:
- Un solo orden jurídico: Tanto las normas internacionales como las nacionales forman parte de un mismo sistema.
- Supremacía del derecho internacional: En caso de conflicto entre una norma internacional y una norma nacional, prevalece la norma internacional.
- Incorporación automática: Las normas internacionales se incorporan automáticamente al ordenamiento jurídico interno sin necesidad de una ley de transformación.
Tipos de monismo:
- Monismo débil: El derecho internacional y el derecho interno coexisten en igualdad de condiciones, pero en caso de conflicto prevalece el derecho internacional.
- Monismo fuerte: El derecho internacional se encuentra jerárquicamente por encima del derecho interno.
Teoría Dualista
La teoría dualista plantea que el derecho internacional y el derecho interno son dos ordenamientos jurídicos distintos y autónomos. Para que una norma internacional tenga efectos en el derecho interno, es necesario que esta sea transformada en una norma interna a través de un acto legislativo.
Características principales:
- Dos ordenamientos jurídicos distintos: El derecho internacional y el derecho interno operan en esferas separadas.
- Necesidad de transformación: Las normas internacionales deben ser transformadas en normas internas para ser aplicables en el ámbito nacional.
- Soberanía estatal: El Estado conserva su soberanía para decidir qué normas internacionales incorporar a su ordenamiento jurídico.
¿Cuál teoría es más acertada?
La realidad es que la relación entre el derecho internacional y el derecho interno es más compleja y no se ajusta completamente a ninguna de estas teorías puras. La mayoría de los sistemas jurídicos modernos presentan elementos tanto monistas como dualistas.
Factores que influyen en la relación:
- Constitución del Estado: La Constitución establece las reglas básicas sobre la jerarquía de las normas y la relación entre el derecho interno y el derecho internacional.
- Tratados internacionales: Los tratados internacionales pueden contener cláusulas que establecen la forma en que serán incorporados al ordenamiento jurídico interno.
- Jurisprudencia: Las decisiones judiciales interpretan y aplican las normas internacionales y nacionales, influyendo en la relación entre ambos ordenamientos.
En conclusión, la teoría monista y la teoría dualista son dos modelos teóricos que buscan explicar la compleja relación entre el derecho internacional y el derecho interno. La realidad jurídica de cada Estado es el resultado de una interacción dinámica entre estos dos ordenamientos, y la aplicación de una u otra teoría dependerá de las circunstancias concretas de cada caso.




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