Cuarta clase de Refuerzos Académicos Derecho Penal

¿Qué tanto sabes de Derecho Penal?



Cuarta clase de Refuerzos Académicos Derecho Penal con María Fernanda Carrillo Pérez

Jueves, sexto de febrero de dos mil veinticinco, a las cuatro de la tarde (06/02/25, 4:00 p.m.)

  • Prescripción: Tiempo que se tiene para investigar y juzgar, existe una inicial porque fundamenta el tiempo que se va a tener para investigar. Se interrumpe la prescripción cuando... Se tienen 6 meses e donde se puede interponer la denuncia de los delitos querellables para ponder en cononcimiento de la autoridad; luego la autoridad tiene un tiempo estblecido para investigar. La prescripcoón se trata de un tiempo para decidir si esisten elemtnos o configutación de esos elementos.
  • Cuando se imputaron cargos, ahí para el término y se genera un nuevo término.
  • ¿Qué dice el artículo 89 del Código Penal Colombiano?
  • ¿Qué es un daño moral subjetivado? (nose pueden tasar, ejemplo incorrecto: el dolor de la señora cuesta 200 millones de pesos; solo el aritrume¡del juez puede esctabceecer?
  • Daños morales subetivados no se pueden probar.
  • ¿Qué es una sentencia ejecutoriada?
  • ¿Qué es una sentencia condenatotia?
  • ¿Qué es un trámite preferente?
  • ¿Qué es una audiencia de práctica de pruebas?
  • ¿Qué es prestar mérito ejecutivo?
  • ¿Qué significa que el Derecho Penal sea de última ratio?
  • ¿Cuáles son los delitos querellables?
  • Artículo 524 del Código de Procedimiento Penal
  • La vida no es objeto de mediación.
  • ¿Qué es el incidente de reparación integral? (Es una particularidad que -como víctima- debo solicitar a través de mi apoderado).
  • Prescripción se habla cuando yo ya lo solicité.
  • ¿Qué dice el artículo 106 del Procedimiento Penal?
  • Artículo 98 del Código Penal: Habla de la prescripción.
  • Fondo de accidentes catastróficos reconocido por la Adres.
  • Solo puede indemnizar quien cometió el daño, en el contexto de la comisión de un delito.
  • ¿Qué es un término de prescripción?
  • ¿Qué es una sentencia condenatoria en firme?
  • ¿Qué es la sanción penal?
  • ¿Qué es imputar cargos?
  • ¿Qué es la prescripción, en el contexto del Derecho?
  • ¿Qué es una sentencia de carácter condenatorio?
  • Ley 906 en Colombia (Código de Procedimiento Penal)
  • Artículo 83
  • El Derecho Penal es In dubio pro reo.
  • ¿Qué es el nexo causal?
  • ¿Qué es un dictamen pericial?
  • ¿Qué es el incidente de reparación?
  • Existen daños materiales e inmateriales.
  • ¿Qué dice el artículo 89 del
  • ¿Qué es prestar mérito ejecutivo?
  • ¿Qué dice la Ley Rosa Elvira Cely?

ARTÍCULO 89. Término De Prescripción De La Sanción Penal. Modificado por el Art. 9 de la Ley 2098 de 2021. La pena privativa de la libertad, salvo Io previsto en tratados internacionales debidamente incorporados al ordenamiento juridico, prescribe en el termino fijado para ella en la sentencia o en el que falte por ejecutar, pero en ningun caso podrá ser inferior a cinco años contados a partir de la ejecutoria de la correspondiente sentencia.

La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco (5) años.

La pena de prisión perpetua revisable prescribirá en 60 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que la impone.

Fuente: Código Penal Colombiano


ARTÍCULO 292Interrupción de la prescripción. La prescripción de la acción penal se interrumpe con la formulación de la imputación.

Producida la interrupción del término prescriptivo, este comenzará a correr de nuevo por un término igual a la mitad del señalado en el artículo 83 del Código Penal. En este evento no podrá ser inferior a tres (3) años. Fuente: Código de Procedimiento Penal.


ARTÍCULO 523. CONCEPTO. Mediación es un mecanismo por medio del cual un tercero neutral, particular o servidor público designado por el Fiscal General de la Nación o su delegado, conforme con el manual que se expida para la materia, trata de permitir el intercambio de opiniones entre víctima y el imputado o acusado para que confronten sus puntos de vista y, con su ayuda, logren solucionar el conflicto que les enfrenta.

La mediación podrá referirse a la reparación, restitución o resarcimiento de los perjuicios causados; realización o abstención de determinada conducta; prestación de servicios a la comunidad; o pedimento de disculpas o perdón.

ARTÍCULO 89. Termino De Prescripción De La Sanción Penal. Modificado por el Art. 9 de la Ley 2098 de 2021. La pena privativa de la libertad, salvo Io previsto en tratados internacionales debidamente incorporados al ordenamiento juridico, prescribe en el termino fijado para ella en la sentencia o en el que falte por ejecutar, pero en ningun caso podrá ser inferior a cinco años contados a partir de la ejecutoria de la correspondiente sentencia.

La pena no privativa de la libertad prescribe en cinco (5) años.

La pena de prisión perpetua revisable prescribirá en 60 años contados a partir de la ejecutoria de la sentencia que la impone.



PRESCRIPCIÓN

¿En Colombia y en el contexto del Derecho, qué es la prescripción?

En Colombia y en el contexto del Derecho, la prescripción es un instituto jurídico que establece un plazo determinado para que una persona pueda ejercer un derecho o acción ante los tribunales. Si transcurre ese plazo sin que se haya ejercido el derecho o acción, se considera que el derecho ha prescrito y ya no puede ser ejercido. El Código Civil colombiano establece en su artículo 2531 que "la prescripción es la pérdida del derecho o de la acción por el transcurso del tiempo". También establece los plazos de prescripción para diferentes tipos de acciones y derechos. Algunos ejemplos de plazos de prescripción en Colombia son: - La prescripción de la acción para reclamar una deuda: 5 años (artículo 2536 del Código Civil). - La prescripción de la acción para reclamar daños y perjuicios: 2 años (artículo 2538 del Código Civil). - La prescripción de la acción para reclamar la propiedad de un bien: 10 años (artículo 2539 del Código Civil). Es importante tener en cuenta que la prescripción puede ser interrumpida o suspendida en ciertas circunstancias, como la presentación de una demanda o la notificación de una reclamación.

Fuente: MetaAi

/&&&&&&&&&&&&&&

ARTÍCULO 106Caducidad. Modificado por el art. 89, Ley 1395 de 2010 La solicitud para la reparación integral por medio de este procedimiento especial caduca treinta (30) días después de haber quedado en firme el fallo condenatorio.

Fuente: Código del Procedimiento Penal

Publicar un comentario

0 Comentarios