Sesión 4 de Obligaciones (versión b)

- Título: Sesión 4 de Obligaciones (versión b)
- Fecha: jueves, vigésimo séptimo de marzo de dos mil veinticinco (27/03/2025)
- Hora: ocho de la noche (8:00 p.m.), hora colombiana
- Nombre del pódcast: Obligaciones
- Coordinación: Ovarb Zenémij Enirehtac Dirgní

Representación gráfica creada por Meta AI.



OBLIGACIONES A NIVEL GENERAL
- Sujeto, por objeto y por vínculo jurídico: TIPOS DE OBLIGACIONES
- Obligaciones: significa cooperación entre las partes.
- Todo va a ser con e círculo de bienes.
- Existen OBLIGACIONES CIVILES: Están determinadas taxativamente por las normas; ejemplo: obligación que tenemos de darle alimentación a nuestros hijos (Están amparadas por la ley; puedo indicar que si hay un incumplimiento, implementar un accionar). Lo que está allí y me dice que debo cumpli algo paso a paso.
- Existen OBLIGACIONES NATURALES: Obligaciones que no son nuestras, quizás obligaciones que no deberíamos tener pero quizás tenemos una filiación con esa persona. No confieren derecho para exigir la obligación (no están taxativamente, ejemplo: situaciones contraídas por personas incapaces. Son Obligaciones que tienen más un contenido moral y no judicial porque no está contemplado cómo judicializar. 
- Existen OBLIGACIONES SUJETAS A MODALIDAD: Aquí tenemos obligaciones puras y simples (nacen y producirán efectos, pero desde que nace produce efectos; nació y más adelante podré accionar la acción: el pago de una deuda o el pago de un pagaré (ejemplo). También están las las Condicional y a Plazo: va a agnerarse una obligación cuando la persona cumpla la mayoría de edad (ejemplo de condicional); la de plazo se refiere a los pagos a plazos, por ejemplo: la persona compra un reloj a plazos que se da por el paso del tiempo durante ese plazo que se dio.
- Existen OBLIGACIONES SEGÚN LOS SUJETOS: Se mira el sujeto, si es simple o plural.
- Existen OBLIGACIONES CONJUNTAS O MANCOMUNADAS: Existe una pluralidad de sujetos. Aquí si tenemos una deuda, se integra por la pluralidad de los sujetos, ejemplo: Juanito, Pepita y Felipe quieren comprar una casa y entre todos generan un préstamo y cada uno se divide o escoge un piso, todos se obligan.
- OBLIGACIONES SOLIDARIAS: Existen pluralidad de sujetos: Uriel y Felipe (acreedor) y Pepe y Polo (deudores); aquí se va a obligar uno solo a diferencia del anterior tipo de Obligación. Es una obligación común. Aquí cada deudor seguirá con la misma obligación a pesar de que desaparezca alguno. Me tienen que responder porque es una obligación solidaria. Aquí en temas de deudas con banco, el banco quiere que usted pague.
- SOLIDARIDAD DE ACREEDORES: Pluralidad de acreedores y singularidad de acreedor.
- OBLIGACIONES POR OBJETO: 
- Claras, expresas y visibles: ASÍ DEBEN SER TODAS LAS OBLIGACIONES. Claras porque Expresa (establecida en un documento)
- La Obligación debe ser Clara: sin lugar a dudas o interpretaciones, sin vaguedades, Expresa: Contenida en un documento y Exigible; que yo pueda visualizarla: se acudir a autoridad para hacerla efectiva; que yo pueda probar que existe esa obligación.
- Obligación Clara: La obligación debe estar formulada de manera precisa y sin ambigüedades, de modo que las partes involucradas comprendan perfectamente sus derechos y deberes.
-  Obligación Expresa: La obligación debe manifestarse de forma directa y explícita, ya sea por escrito o verbalmente, sin dejar lugar a interpretaciones implícitas o suposiciones.
- Obligación Exigible: La obligación debe ser legalmente obligatoria, lo que significa que, en caso de incumplimiento, la parte acreedora puede exigir su cumplimiento.
- OBLIGACIÓN POR OBJETO: 
- OBLIGACIONES ALTERNATIVAS: puedo alternar la situación; alternar distintos objetos se refiere a, por ejemplo, pactar una suma de dinero que no necesariamente se paga con dinero sino con bienes del mismo valor.
- OBLIGACIONES FACULTATIVAS: vamos a tener una sola prestación. El deudor puede liberarse. Ejemplo: 1. Refinanciar un crédito para pagar otra deuda. 2. Ejemplo 2: Se refiere a otra prestación: cambiar la obligación porque es facultativa: transportar a una persona en un vehículo, pero el obligado podía pagar esta obligación puede ver otro medio para subsanar ese compromiso como no transportarla en el carro pero pagar un tiquete para que esa persona pueda transportarse. Aquí existe sólo una obligación principal.
- Obligaciones POR OBJETO: pueden ser positivas o negativas y alternativas o facultativas, género y especie (ejemplo: que un vendedor se obligue a entregar 10 sacos de café sin importar el café) y divisibles e indivisibles.
- Género y especie: El género es generalidad y especie significa espeficidad. Género: bicicletas; especie: marca tal y color tal. Género: 500 pescados: especie: 100 bailarinas, 100 globos y 100 tiburones. El específico individualiza el objeto. especie: son las caracteristicas que identifica el objeto. genero:  es la clase de objeto. Un contrato donde se debe entregar un bien específico y determinado (por ejemplo, entregar un coche en particular con número de serie específico).

LEER LECTURA EN EL TEMA DE OBLIGACIONES Y DAR EJEMPLOS







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1. Pueden ser positivas o negativas:
   - Positiva: Un contrato de compraventa donde el vendedor se obliga a entregar un bien (por ejemplo, un coche) y a recibir a cambio el pago.
   - Negativa: Un contrato de arrendamiento donde el arrendatario se compromete a no realizar ciertas actividades en la propiedad (como subarrendarla sin permiso).

2. Alternativas o facultativas:
   - Alternativas: Un contrato en el que una de las partes se compromete a entregar uno de varios bienes. Por ejemplo, un acuerdo donde un vendedor se obliga a entregar un coche o una moto (la elección recae en el comprador).
   - Facultativas: Un contrato donde se establece que se debe cumplir con la obligación principal, pero se permite el cumplimiento a través de un bien diferente. Por ejemplo, una deuda en dinero que puede ser pagada con un objeto de valor equivalente, como joyas. 

3. Género y especie:
   - Género: Un contrato de suministro donde se obliga a entregar una cantidad determinada de un tipo de producto genérico (por ejemplo, un lote de 100 kilogramos de arroz).
   - Especie: Un contrato donde se debe entregar un bien específico y determinado (por ejemplo, entregar un coche en particular con número de serie específico). 

4. Divisibles e indivisibles:
   - Divisibles: Una obligación de pago de una suma de dinero, donde esta puede ser pagada en varias cuotas (por ejemplo, una hipoteca que se paga mensualmente).
   - Indivisibles: Un contrato para realizar un servicio específico que no puede ser dividido (por ejemplo, la realización de una obra de arte; se debe entregar la obra completa, no en partes).





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