- Fecha: martes, primero de abril de dos mil veinticinco (01/04/2025)
- Hora: seis de la tarde (6:00 p.m.), hora colombiana
- Enlace: https://poligran-my.sharepoint.com/personal/icajimenez_poligran_edu_co/_layouts/15/stream.aspx?id=%2Fpersonal%2Ficajimenez%5Fpoligran%5Fedu%5Fco%2FDocuments%2FGrabaciones%2FB05OBLIGACIONES%20%20MARZO%2DMAYO%202025%2D20250401%5F181651%2DGrabaci%C3%B3n%20de%20la%20reuni%C3%B3n%2Emp4&referrer=StreamWebApp%2EWeb&referrerScenario=AddressBarCopied%2Eview%2E0d96827d%2D9247%2D4f5a%2D8b8a%2D49eb0efcbdd1
- Información escrita: https://sicuara.blogspot.com/2025/04/sesion-5-de-obligaciones-grupo-b05.html
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Representación gráfica que muestra un apretón de manos, tomada de media.licdn.com |
- Enlace original de la representación gráfica del apretón de manos: https://media.licdn.com/dms/image/v2/C4E12AQFOy9Ct1LOKgQ/article-cover_image-shrink_720_1280/article-cover_image-shrink_720_1280/0/1521071891322?e=1749081600&v=beta&t=9c8oqCG2yQds9o66mSxf6UIbK0OscOBOA_o18GLiU_4
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
- ¿La palabra positiva tiene verbo?
- ¿Qué es una obligación de cuerpo cierto? Un objeto puntual específico, que tiene unas prestaciones específicas, sería un objeto totalmente identificado. Ej: escultura de Botero con especificidades y condiciones para que sea de cuerpo cierto.
- OBLIGACIONES DE GÉNERO Y ESPECIE: Género: generalidades; Especie: especificidades.
- ¿CUÁL ES UN EJEMPLO DE OBLIGACIÓN PURA?
- ¿Qué significa que un objeto perezca?
- ¿Qué significa ser diligente?
- Como existe el cuerpo cierto, ¿existe el cuerpo incierto?
- Escritura y certificado de tradición deben tener los mismos datos
OBLIGACIONES POR PERSONA
- SINGULAR: Ejemplo: Una sola persona se obliga, sobre la cual recae la responsabilidad; dos partes pero sólo sobre una recae la responsabilidad. Ej: Un deudor que entrega un caballo. Deuda de una persona con un banco.
- PLURAL: Intervienen varios deudores y acreedores. Ej: Compra de un inmueble entre varios deudores a varios acreedores.
- POSITIVAS: DE DAR O HACER. Ejemplo de DAR: compraventa de carro. Ejemplo de HACER: usted tiene que construir una obra porque usted está en el hacer.
- NEGATIVAS: DE NO HACER. Ejemplo de NO HACER: omitir en pro del no hacer en el contrato, ej: asumir la cláusula de confidencialidad para no hacer.
- FACULTATIVAS O ALTERNATIVAS. Cometer un delito y dan la alternativa de pagar con multa o cárcel.
-GÉNERO Y ESPECIE: Género: la compraventa de un vehículo sin especificar. Específico: Nos vamos a un cuerpo cierto.
- DIVISIBLES E INDIVISIBLES: DIVISIBLES: pagar un préstamo en cuotas porque puedo dividir en cuotas. INDIVISIBLE: La venta de una vaca.
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ERSPONSABILIDAD CIVIL
- ¿Qué es responsabilidad?: compromiso. Responder por mis acciones. cUMPLIR UNA obligación. Hacerse cargo de las consecuencias que se deriven de ellos. Cumplir con algo. El hecho de responder por acción u omisión. La responsabilidad es un valor que nos direcciona al buen vivir.
- Hay obligaciones que no nos imponen (morales, por ejemplo)
- Pueden haber acciones y omisiones.
- lA responsabilidad civil: Lo civil son relaciones entre particulares, entre personas, de una persona con un objeto, or ejemplo.
- Somos responsables civilmente por cualquier situación que pase con mi conduta que yo pueda realizar para causar un perjuicio.
- La consecuencia genera una relación jurídica.
- Si causo un daño o perjuicio a un tercer de forma injustifica day debo responder por mis conductas y muchas ocaiones no es porque yo quise, a diferencia de un contrato que es contractual; es decir las extracontractuales donde le causé un perjuicio a un tercer que no quise afectar, por ejemplo.
- La contractual, yo sabía a qué me estaba obligando.
- Si a mí me obligaron, qué pasa, que hay un vicio; el abogado debe creer en la buena fe de la persona, puede pasar; no onbstante no todo se debe mirar con buena fe para verificar si la eprsona actuó con la verdad.
- La responsabilidad tiene elementos: DAÑO O PERJUICIO (con él surge la responsabilidad), HECHO GENERADOR Y NEXO DE CAUSALIDAD.
- En ciertas ocasiones se comete el daño perjuicio y la persona resultad muy afectada, en la realidad colombiana.
- DAÑO: Afectación al interés jurídico, patrimonial y moral con base en ese hecho dañoso. La aafectación debe ser cierta, que haya una parte antijurídica y que existan consecuencias; que el medio probatorio me dé que la persona es responsable.
- HECHO GENERADOR:La responsabilidad médica es difícil chequear o verificar.
- NEXO CAUSAL: Relación que sea necesaria y eficiente.
- PERJUICIOS: Pueden ser materiales (lo que se puede medir con dinero) o inmateriales.
- INTRÍNSECO: lo bueno y lo malo que uno saber qué debe hacer o no hacer y que está dentro de sí de la persona.
- ¿Qué es el consentimiento informado? Puede pasar esto al realizar el procedimiento.
TAREA:
- VER SENTENCIA: Situación de Yésica Cediel con polímeros.
¿Qué pasa si una sola persona se obliga con varias personas?
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