Sesión 7 de Obligaciones para el grupo B06

Sesión 7 de Obligaciones para el grupo B06
- Nombre del pódcast: Obligaciones


El gráfico representa a un hombre corriendo apresuradamente mientras suda porque va tarde a donde debe llegar; tomado de https://www.pngwing.com/es/free-png-beomh



TIPS PARA TRABAJO DEL ESCENARIO 7
- ¿Qué le vamos a recomendar al cliente?
- Concepto jurídico para el caso, cómo voy a solucionar ese caso (en segunda parte). Hasta 8 páginas.

CLASE

EJECUCIÓN COACTIVA
- Cuando la persona deudora no cumple y no concilia pero se obliga al deudor a cumplir.
- Cuando traté de utilizar todos lo medios para que esa persona (o personas) cumpla, el último paso es ejecutarla a cumplir.


- Cuando el deudor no cumple aparece la MORA
- La obligación tiene un fin y se anhela que se termine de forma natural.
- Si no se cumple, existen consecuencias jurídicas
- Cada vez que deja de pagar los alimentos, aparece la mora por el retraso de los pagos.
- cUANDO LLEVA HASTA 5 meses de cuota alimentaria no paga, también son 5 meses de interés de mora. A nivel de ley no puede sobrepasarse de lo que marca la ley, en cuanto al interés de mora.
- El acreedor pierde cuando no le pagan; esa persona necesita que le cumplan.
- El accionar es vital cuando la persona siente una vulneración de sus derechos fundamentales.
- La mora generada por el deudor genera retrasos, incumplimientos y responsabilidades.
- Cuando el abogado realice conceptos jurídicos para analizar un caso, se debe identificar las partes, los sujetos, el objeto, la prestación y la obligación.
- Todo el tiempo estamos consumiendo, cuando voy al centro comercial a comerse un helado, ve muchos objetos, y empieza a tener obligaciones, de acuerdo con los objetos adquiridos. También las obligaciones están en el matrimonio, o cuando compra una nevera o una lavadora en el centro comercial, pero también hay garantías y un tema de incumplimientos (cuando, por ejemplo, la persona no sigue las instrucciones para el uso de la nevera que la persona compró).
- Cuando hay incumplimientos, existen las consecuencias.
- Se tiene que ejecutar cuando se hace efectiva la obligación.

ARTÍCULO 422. TÍTULO EJECUTIVO. Pueden demandarse ejecutivamente las obligaciones expresas, claras y exigibles que consten en documentos que provengan del deudor o de su causante, y constituyan plena prueba contra él, o las que emanen de una sentencia de condena proferida por juez o tribunal de cualquier jurisdicción, o de otra providencia judicial, o de las providencias que en procesos de policía aprueben liquidación de costas o señalen honorarios de auxiliares de la justicia, y los demás documentos que señale la ley. La confesión hecha en el curso de un proceso no constituye título ejecutivo, pero sí la que conste en el interrogatorio previsto en el artículo 184.


- El título ejecutivo debe contener una obligación clara, exigible y expresa.
- Complejo y singular (tener un documento que debe ser claro, expreso y exigible).
- Todo debe quedar perfectamente consignado en cada título ejecutivo (fechas, plazos, exibilidad, partes identificadas, por ejemplo).
-La acción ejecutiva se cumple en la jurisdicción para que, por ejemplo, el deudor me pague, verificando qué bienes tiene el deudor, si tiene cuentas bancarias. La acción nos permite accionar y ejecutar a la persona para que la persona pueda pagar.
- Conciliación judicial, 


SALA 1: mora e intereses de mora
SALA 2: Título ejecutivo, clases de títulos y para qué es 
SALA 3: Acción ejecutiva y acción declarativa (POR AQUÍ)



CLASE

VIERNES 2 DE MAYO DE 2025 HAY CLASE DE 6:00 P.M. A 8:00 P.M., A CAMBIO DEL JUEVES, 1 DE MAYO DE 2025, A LAS 8:00 P.M.





PREGUNTAS:
¿Qué es una ejecución coactiva?
¿Qué es un cobro coactivo?
 

Redacta una introducción de una argumentación que diga que, a pesar de que la Corte Constitucional de Colombia dejó sin vigor la Ley 51 de 1975, que reglamentaba el Estatuto del Periodista, que otorgaba la tarjeta profesional de periodista, este argumento quiere recordar que la tarjeta profesional de periodista:

- Garantizaba que quienes decidieran ejercer dicha profesión de Comunicación Social debían contar con una tarjeta profesional, como cualquier otra carrera, tarjeta destinada a los comunicadores que estudiaban y se graduaban en una Universidad.

- No coartaba las libertades de expresión, opinión e información, sino que buscaba mayores incentivos y beneficios académicos. 

- Daba reconocimiento profesional a los periodistas.

- Reconocía sus derechos, de modo que los comunicadores ejercían esta actividad con mucha responsabilidad, en aras de ayudar a contrarrestar un fenómeno infortunado: muchas personas han buscado la Comunicación como un ‘escampadero’ y no la desarrollan de forma responsable.

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