¿Qué tanto sabes de Derecho Comercial?

Puntaje para este intento: 20 de 20
 
1. Andrés Manríquez está en el proceso de inscribirse como comerciante persona natural ante la Cámara de Comercio, es así como al presentarse en dicha entidad le solicitan que diligencie unos formularios (formulario único empresarial) y que adjunte algunos soportes. Andrés muy juiciosamente diligencia los documentos y adjunta los soportes adicionales que le requieren y queda registrado ante la Cámara de Comercio como empresario e incluso le dan un número de matrícula que lo identifica como comerciante. La actividad que llevó a cabo Andrés corresponde a:
  • A. La matrícula mercantil (POSIBLE RESPUESTA CORRECTA)
  • B. El registro mercantil
  • C. Registro de correspondencia comercial
  • D. Inscripción de actos mercantiles
 
2. Arturo Casilimas es un microempresario cuya actividad mercantil es la prestación de servicios de belleza (salón de belleza). El salón de belleza de Arturo tiene por nombre “Extreme beauty S.A.” (razón y denominación social), su frase distintiva, con la que todos los clientes lo reconocen, es: “si no te sientes bella y empoderada, te devolvemos tu dinero”. Este salón de belleza lleva ya 10 años brindando sus servicios en la ciudad de Barranquilla, está muy bien posicionado en el mercado ya que tiene clientes no sólo de diferentes regiones del país, sino también a nivel internacional, especialmente por los cortes de cabello y tintura. Arturo está sumamente interesado en registrar su frase, el nombre de su salón de belleza y la imagen o diseño del nombre de su salón de belleza, que por cierto, es bastante atractivo visualmente, ya que ha conseguido más de 4 millones de seguidores en redes sociales y teme que alguien más use su acreditación en el mercado para sacar ventaja. En ese orden de ideas, ¿dónde podría hacer estos registros y cuáles serían estos registros?
  • A. La entidad en la que deben hacerse dichos registros es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la frase se conoce como “patente de invención”, el nombre de su empresa puede también registrarlo como “denominación de origen” y el diseño de la imagen del nombre de la empresa podría ser “circuitos integrados”.
  • B. La entidad en la que deben hacerse dichos registros es la Superintendencia de Sociedades y la frase se conoce como “lema”, el nombre de su empresa puede también registrarlo como “nombre comercial” o como “marca” y el diseño de la imagen del nombre de la empresa podría ser “marca denominativa” o “diseño industrial”.
  • C. La entidad en la que deben hacerse dichos registros es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la frase se conoce como “lema”, el nombre de su empresa puede también registrarlo como “nombre comercial” o como “marca” y el diseño de la imagen del nombre de la empresa podría ser “marca denominativa” o “diseño industrial”. (POSIBLE RESPUESTA CORRECTA)
  • D. La entidad en la que deben hacerse dichos registros es la Cámara de Comercio y la frase se conoce como “lema”, el nombre de su empresa puede también registrarlo como “nombre comercial” o como “marca” y el diseño de la imagen del nombre de la empresa podría ser “marca denominativa” o “diseño industrial”.

3. Carolina Márquez, solicita verbalmente a Francisco Verdaguer un préstamo civil de consumo de dinero por valor de cuatro millones de pesos ($4 000 000). Dejan como soporte de la deuda un pagaré físico por el mismo valor, en el que Carolina es la deudora y Francisco el acreedor y la fecha de vencimiento para el cobro es el 21 de noviembre del 2023. Sin embargo, pese a que Francisco tiene el pagaré en su poder, ya es el mes de diciembre de 2023 y Carolina no ha pagado su deuda. Francisco se dio cuenta de que se le olvidó hacer que Carolina firmara el pagaré, es así como Francisco quiere saber si puede iniciar un proceso ejecutivo para cobrar el título valor. En este caso, ¿el pagaré puede ser cobrado judicialmente por Francisco a Carolina a través de proceso ejecutivo?
  • A. No, debido a que no se hizo la aceptación de la deuda por parte de Carolina y, por ser el título valor un documento que debe contener sus condiciones por escrito, la aceptación debe hacerse de la misma forma ya sea en medio físico o digital. (POSIBLE RESPUESTA CORRECTA)
  • B. Sí, pues existe con contrato de préstamo que, sin importar si es verbal o escrito le da existencia a la obligación para hacerla efectiva por proceso ejecutivo ya que existe una obligación, clara, expresa y exigible.
  • C. No, debido a que el contrato de préstamo civil de consumo debe hacerse por escrito para darle existencia a la obligación.
  • D. Sí, puesto que en el pagaré están todos los datos de la deudora y el valor de la acreencia en favor de Francisco y al demostrar la existencia de la deuda se puede cobrar.

4. Adrián de la Rosa es el acreedor o beneficiario de una letra de cambio por valor de cinco millones de pesos ($5 000 000). Este título valor tenía como fecha para el cobro el 20 de noviembre de 2021 y la fecha actual es 30 de noviembre de 2021. Adrián se presenta en la oficina de su deudor el señor Gilberto de las Rosas, quién le informa que no va a pagarle el dinero y tampoco va a escribir el título a su voluntad de no cumplir con la obligación. En este caso, ¿qué podría hacer Adrián para cobrarlo judicialmente?
  • A. Adrián está en toda la facultad de diligenciar de su puño y letra el protesto para presentarlo. irectamente ante el juez y con ello dar inicio al proceso ejecutivo.
  • B. No es indispensable realizar el protesto ya que la simple manifestación de una obligación clara expresa y exigible faculta al acreedor para cobrarlo ante el juez sin trámites adicionales.
  • C. Podría acudir directamente ante el notario para hacer el protesto, por tanto, deberá declarar bajo la gravedad de juramento que el deudor no realizó el pago y tampoco se presentó voluntariamente a hacer el protesto. Con ello se demostrará la manifestación de la fe pública del notario ante el juez y así cumplir el requisito pre procesal para dar inicio al proceso ejecutivo. (POSIBLE RESPUESTA CORRECTA)
  • D. Adrián no podría hacer el cobro del dinero que le adeudan, puesto que es indispensable que el deudor haga el protesto por escrito sobre el título valor y luego declare su renuncia de cumplir con el pago de la acreencia ante el notario.
 
5. Emmanuel Zapata es el propietario de la Empresa Unipersonal Bizcochos con amor E.U. que ya tiene 10 años de antigüedad en el mercado. La empresa actualmente tiene deudas por valor de dos mil millones de pesos ($2 000 000 000), el 60 % de esas obligaciones ya se encuentran vencidas y el monto de los activos de todo el establecimiento de comercio es de quinientos millones de pesos ($500 000). Siendo así, Emmanuel presenta demanda para iniciar proceso de insolvencia debido a que no tiene capacidad económica para cumplir a todos sus acreedores. En ese orden de ideas, ¿qué es lo que se pretende en el proceso de insolvencia?
  • A. Que los acreedores renuncien al 50% de lo que se les adeuda para poderles pagar a todos con el patrimonio que la empresa tiene y así declararse a paz y salvo para continuar con la actividad mercantil.
  • B. Se reconozcan las acreencias, se establezca un plan de pago junto con una reestructuración empresarial y se definan planes de pago con los acreedores. (POSIBLE RESPUESTA CORRECTA)
  • C. Que se declare la liquidación obligatoria de la empresa para inactivar su personería jurídica y con ello, evitar que los acreedores inicien procesos contra la compañía que ya no existe.
  • D. Se pretende por parte de Emmanuel que el juez lo declare insolvente para no pagarle a ninguno de sus acreedores y poder continuar con su empresa activa.

JUSTIFICACIÓN PARA PREGUNTA DE ANDRÉS MANRÍQUEZ:

La actividad que llevó a cabo Andrés corresponde a A. La matrícula mercantil.

Explicación:

En Colombia, el acto por el cual una persona natural que ejerce profesionalmente el comercio se inscribe en el registro mercantil de la Cámara de Comercio se denomina matrícula mercantil.

El registro mercantil es el sistema general donde se inscriben diversos actos y documentos relacionados con los comerciantes y las sociedades comerciales. La matrícula mercantil es el acto específico de inscripción del comerciante (persona natural o jurídica) en dicho registro.

Analicemos las otras opciones:

  • B. El registro mercantil: Este es el sistema general, no la acción específica de inscribirse como comerciante por primera vez.
  • C. Registro de correspondencia comercial: Esto se refiere al registro de comunicaciones comerciales, que es un acto diferente.
  • D. Inscripción de actos mercantiles: Si bien la matrícula mercantil es un acto mercantil, esta opción es más genérica y se refiere a la inscripción de diversos actos específicos (como contratos, reformas societarias, etc.) en el registro mercantil, no al acto inicial de inscribirse como comerciante.

Por lo tanto, la acción de Andrés de inscribirse por primera vez como comerciante persona natural ante la Cámara de Comercio se denomina matrícula mercantil. Este acto le otorga su número de matrícula que lo identifica como comerciante registrado.

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JUSTIFICACIÓN PARA PREGUNTA DE ARTURO CASIMILAS

La respuesta correcta es la C. La entidad en la que deben hacerse dichos registros es la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y la frase se conoce como “lema”, el nombre de su empresa puede también registrarlo como “nombre comercial” o como “marca” y el diseño de la imagen del nombre de la empresa podría ser “marca denominativa” o “diseño industrial”.

Explicación:

  • Superintendencia de Industria y Comercio (SIC): Esta es la entidad colombiana encargada de la protección de la propiedad industrial, dentro de la cual se encuentran los registros que Arturo desea realizar.

  • Frase Distintiva ("si no te sientes bella y empoderada, te devolvemos tu dinero"): Esta frase, utilizada para atraer clientes y diferenciar el establecimiento, se conoce legalmente como lema comercial o enseña. El registro del lema comercial se realiza ante la SIC.

  • Nombre del Salón de Belleza (“Extreme beauty S.A.”): Este nombre puede registrarse de dos maneras, ambas ante la SIC:

    • Como nombre comercial: Protege el nombre del establecimiento de comercio y lo distingue de otros establecimientos que ofrezcan los mismos o similares servicios.
    • Como marca: Si el nombre se utiliza para identificar y distinguir los servicios específicos de belleza que ofrece el salón, puede registrarse como una marca de servicios.
  • Imagen o Diseño del Nombre del Salón de Belleza: La representación gráfica del nombre del salón puede protegerse como:

    • Marca denominativa con diseño (mixta): Si el registro incluye tanto el nombre (elemento denominativo) como su representación gráfica (elemento figurativo).
    • Marca figurativa: Si se protege únicamente el diseño o la imagen distintiva del nombre.
    • Diseño industrial: Si la apariencia estética tridimensional del logo o signo tiene características novedosas y susceptibles de aplicación industrial.

Analicemos las otras opciones:

  • A: Incorrecta. La patente de invención protege nuevas soluciones técnicas a problemas, la denominación de origen protege productos con características ligadas a su lugar de producción, y los circuitos integrados tienen una protección específica diferente.
  • B: Incorrecta. La Superintendencia de Sociedades regula principalmente la constitución, funcionamiento y liquidación de sociedades comerciales, no el registro de propiedad industrial. Si bien el nombre de la empresa se registra en la Cámara de Comercio al momento de su constitución, la protección como nombre comercial o marca se realiza ante la SIC. El término "lema" es correcto, pero la entidad y los otros tipos de registro son erróneos.
  • D: Incorrecta. La Cámara de Comercio realiza el registro mercantil, donde se inscribe la existencia del comerciante y su establecimiento, pero no otorga la protección de propiedad industrial como marcas, nombres comerciales o lemas. Estos registros se realizan ante la SIC.

Por lo tanto, la opción C es la que correctamente identifica la entidad y los tipos de registro que Arturo Casilimas debería realizar para proteger sus activos intangibles.


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JUSTIFICACIÓN PARA PREGUNTA DE CAROLINA MÁRQUEZ

La respuesta correcta es la A. No, debido a que no se hizo la aceptación de la deuda por parte de Carolina y, por ser el título valor un documento que debe contener sus condiciones por escrito, la aceptación debe hacerse de la misma forma ya sea en medio físico o digital.

Explicación:

Para que un pagaré sea considerado un título ejecutivo y pueda ser cobrado a través de un proceso ejecutivo en Colombia, debe cumplir con ciertos requisitos formales establecidos en el Código de Comercio. Uno de los requisitos esenciales es la firma del deudor o aceptante.

  • Artículo 709 del Código de Comercio: "El pagaré debe contener, además de lo dispuesto en el artículo 621: 1. La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero. 2. El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe pagarse. 3. La indicación del vencimiento. 4. El lugar del pago. 5. La indicación de ser pagadero a la orden o al portador. 6. El nombre y la firma del suscriptor o de la persona que se obliga."

En este caso, aunque existe un pagaré físico con los datos de la deuda y de las partes, la falta de la firma de Carolina como suscriptora o aceptante impide que el pagaré cumpla con los requisitos formales de un título valor ejecutivo. La aceptación de la deuda en un título valor debe constar por escrito en el mismo documento.

Analicemos las otras opciones:

  • B. Sí, pues existe con contrato de préstamo que, sin importar si es verbal o escrito le da existencia a la obligación para hacerla efectiva por proceso ejecutivo ya que existe una obligación, clara, expresa y exigible: Si bien un contrato de préstamo verbal puede generar una obligación válida entre las partes, no constituye por sí mismo un título ejecutivo. Para iniciar un proceso ejecutivo se requiere un título que contenga una obligación clara, expresa y exigible, como un pagaré debidamente firmado. Un contrato verbal requeriría un proceso declarativo para probar su existencia y las condiciones de la obligación antes de poder ser ejecutado.

  • C. No, debido a que el contrato de préstamo civil de consumo debe hacerse por escrito para darle existencia a la obligación: En el derecho civil colombiano, un contrato de préstamo de consumo de dinero no requiere necesariamente ser por escrito para su validez. Un acuerdo verbal puede ser vinculante. Sin embargo, para efectos de iniciar un proceso ejecutivo, se necesita un título que cumpla con las formalidades legales, como la firma en un pagaré.

  • D. Sí, puesto que en el pagaré están todos los datos de la deudora y el valor de la acreencia en favor de Francisco y al demostrar la existencia de la deuda se puede cobrar: Aunque el pagaré contenga los datos y el valor, la ausencia de la firma de la deudora es un defecto formal insubsanable para considerarlo un título ejecutivo. La demostración de la existencia de la deuda por otros medios (como el contrato verbal) requeriría un proceso declarativo, no ejecutivo.

Por lo tanto, Francisco no puede cobrar el pagaré judicialmente por vía ejecutiva debido a la falta de la firma de Carolina, que es un requisito esencial para la existencia del título valor como tal. Debería considerar otras acciones legales para probar la existencia de la deuda derivada del préstamo verbal.

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