Sesión 9 de Obligaciones para el grupo B06

- Título: Sesión 9 de Obligaciones para el grupo B06
- Fecha: sábado, tercero de mayo de dos mil veinticinco (03/05/2025)
- Hora de la emisión: nueve de la mañana (9:00 a.m.), hora colombiana
- Nombre del pódcast: Obligaciones
- Enlace del episodio actual: https://youtube.com/live/_OrSCj4j4yE
- Ingrese a todos los episodios del pódcast #Obligaciones ingresando a https://youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIbcrOcc0398wQV61xSygSTY&si=57QBLaT0ywN5RYpb
- Coordinación: Ovarb Zenémij Enirehtac Dirgní
- Imagen para miniatura tomada de https://www.pngwing.com/es/free-png-nbzpm


Gráfico animado de un hombre pagando una deuda, tomado de https://www.pngwing.com/es/free-png-nbzpm


SOLUCIÓN O PAGO EFECTIVO

OTRA FORMA PARA EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN: NOVACIÓN
- Sustituir una obligación 
- Art. 1687

ARTICULO 1687. <DEFINICION DE NOVACION>. La Novación es la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda por tanto extinguida.

Modificación del interés pactado inicialmente, acción que podemos hacer en el contexto de un préstamo econmómico bancario (ejemplo de Novación).
- Aumento salarial, ejemplo de novación o sustitución.

TRANSACCIÓN
- Nos permite que una parte contractual con la otra parte con quien tenemos voluntad de llegar a acurdos, podamos terminar nuestra obligación y dejemos consignado en un documento que tiene tránsito a cosa juzgada.

ARTICULO 2470. <CAPACIDAD PARA TRANSIGIR>. No puede transigir sino la persona capaz de disponer de los objetos comprendidos en la transacción.

- Permite que podamos transformar ese litigio (la transacción).
- Su verbo es transar, si no se puede se acude a la jurisdicción ordinaria.
- Se utiliza a nivel extrajudicial.


DOCUMENTOS IMPORTANTES ACERCA DEL TEMA
https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2013/T-118A-13.htm
https://www.youtube.com/watch?v=dU3bRt9OWDE

CONDONACIÓN O REMISIÓN (otra forma de extinguir deudas)
- Cuando el acreedor persona la deuda

Claro! En Colombia, condonar deudas significa perdonar o extinguir la obligación de pagar una deuda. Es un acto por el cual el acreedor (la persona o entidad a la que se le debe dinero) renuncia a su derecho de cobrar total o parcialmente la deuda al deudor (la persona que debe el dinero).

Aquí te explico algunos aspectos importantes sobre la condonación de deudas en Colombia:

¿Cómo se puede condonar una deuda?

La condonación de una deuda puede ocurrir de varias maneras:

  • Expresa: El acreedor manifiesta de forma clara e inequívoca su intención de perdonar la deuda. Esto puede hacerse a través de un documento escrito (como una carta, un contrato o un acuerdo de condonación), o incluso verbalmente, aunque es más difícil de probar en este último caso.
  • Tácita: La intención de condonar la deuda se deduce de actos del acreedor que son incompatibles con su derecho a cobrarla. Por ejemplo, entregar voluntariamente al deudor el título de la obligación (el documento donde consta la deuda) con el ánimo de extinguirla.
  • Por disposición legal: En algunos casos específicos, la ley puede establecer la condonación de ciertas deudas bajo ciertas condiciones. Esto es menos común, pero puede ocurrir en situaciones particulares.

Efectos de la condonación:

  • Extinción de la obligación: La principal consecuencia de la condonación es la extinción total o parcial de la deuda. Si la condonación es total, el deudor queda completamente liberado de su obligación de pagar. Si es parcial, solo se perdona una parte de la deuda, y el deudor sigue obligado a pagar el resto.
  • Extinción de las garantías: Si la deuda estaba garantizada con una prenda (sobre un bien mueble) o una hipoteca (sobre un bien inmueble), la condonación de la deuda principal generalmente extingue también estas garantías, a menos que se acuerde lo contrario.
  • Liberación de codeudores y fiadores: Si existen codeudores o fiadores que garantizan la deuda, la condonación total de la obligación principal los libera también, a menos que el acreedor haya estipulado expresamente lo contrario.

Aspectos importantes a tener en cuenta:

  • Capacidad del acreedor: Para condonar una deuda, el acreedor debe tener la capacidad legal para disponer de su derecho de crédito.
  • Aceptación del deudor: Aunque la condonación es un acto del acreedor, generalmente se requiere la aceptación del deudor para que sea plenamente efectiva. Nadie está obligado a aceptar un perdón de deuda.
  • Impuestos: La condonación de una deuda puede tener implicaciones fiscales tanto para el acreedor como para el deudor, dependiendo de la naturaleza de la deuda y la legislación tributaria vigente. Es importante consultar con un experto en impuestos en caso de una condonación significativa.

En resumen, condonar una deuda es un acto de generosidad o una estrategia legal por parte del acreedor para renunciar al cobro de una deuda, liberando al deudor de su obligación de pago, ya sea de forma total o parcial.

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CONFUSIÓN (otro medio de extinguir las obligaciones)

¡Entiendo! La confusión es una forma particular de extinguir las obligaciones en Colombia, y puede resultar un poco confusa al principio. Imagina esta situación:

La confusión ocurre cuando la calidad de acreedor y deudor se reúnen en una misma persona.

Es decir, la persona que debe el dinero (el deudor) se convierte, por alguna razón, en la misma persona a la que se le debe el dinero (el acreedor). ¡Es como si tú te debieras dinero a ti mismo!

Piensa en estos ejemplos sencillos:

  • Herencia: Imagina que tu papá te prestó dinero. Si tu papá fallece y tú eres su único heredero, la deuda que tenías con él se extingue por confusión. Ahora eres tanto el deudor (quien debía el dinero) como el acreedor (quien tiene derecho a recibirlo). ¡No tiene sentido que te cobres a ti mismo!
  • Fusión de empresas: Si una empresa le debe dinero a otra, y luego estas dos empresas se unen en una sola, la obligación entre ellas desaparece por confusión. La nueva empresa es a la vez deudora y acreedora de esa deuda.
  • Cesión de derechos a favor del deudor: Si alguien te debe dinero y tú le cedes (le vendes o le regalas) el derecho a cobrar esa misma deuda, la obligación se extingue por confusión.

¿Por qué se extingue la obligación en estos casos?

La razón principal es que una obligación requiere dos partes distintas: un acreedor que pueda exigir el cumplimiento y un deudor que esté obligado a cumplir. Cuando estas dos calidades se juntan en una misma persona, la relación jurídica de obligación deja de tener sentido. No se puede obligar a alguien a pagarse a sí mismo ni exigirle a uno mismo que cumpla una obligación.

Efectos de la confusión:

  • Extinción total de la obligación: Si la confusión es total (la misma persona se convierte en el único acreedor y el único deudor de toda la obligación), la deuda desaparece por completo.
  • Extinción parcial de la obligación: Si la confusión es parcial (por ejemplo, si hay varios herederos y uno de ellos era deudor del fallecido), la obligación se extingue solo en la parte proporcional a la cuota hereditaria de ese deudor-heredero.
  • Extinción de las garantías: Al extinguirse la obligación principal por confusión, también se extinguen las garantías accesorias que la aseguraban (como prendas o hipotecas), a menos que la confusión no sea total.

En resumen, la confusión para extinguir obligaciones ocurre cuando la persona que debe y la persona a quien se le debe se convierten en la misma. Es como si la deuda se "disolviera" porque ya no hay dos partes separadas en la relación obligatoria.

Espero que esta explicación te haya aclarado un poco la idea de la confusión como modo de extinguir obligaciones. ¡No dudes en preguntar si tienes más dudas!

CONFUSIÓN:

¡Claro! Aquí tienes algunos ejemplos más detallados de confusión para extinguir obligaciones, pensando en diferentes situaciones:

Ejemplo 1: Herencia

  • Situación Inicial: Juan le presta $10.000.000 a su hijo Pedro. Existe una obligación donde Juan es el acreedor (tiene derecho a recibir el dinero) y Pedro es el deudor (tiene la obligación de pagar).
  • Evento que causa Confusión: Juan fallece y en su testamento designa a Pedro como su único heredero.
  • Resultado: Pedro hereda todos los bienes y derechos de su padre, incluyendo el derecho a cobrar la deuda de $10.000.000 que él mismo tenía. Ahora, Pedro es tanto el deudor como el acreedor de la misma deuda. Por lo tanto, la obligación se extingue por confusión. Pedro ya no tiene que pagarse a sí mismo.

Ejemplo 2: Fusión de Sociedades

  • Situación Inicial: La empresa "Textiles ABC S.A.S." le debe $50.000.000 a la empresa "Insumos XYZ Ltda."
  • Evento que causa Confusión: Las dos empresas deciden fusionarse y crean una nueva empresa llamada "Textiles e Insumos Unidos S.A.S."
  • Resultado: La nueva empresa "Textiles e Insumos Unidos S.A.S." ahora tiene dentro de su patrimonio tanto la obligación de pagar los $50.000.000 (que antes era de Textiles ABC) como el derecho a recibir ese mismo dinero (que antes era de Insumos XYZ). La obligación original entre las dos empresas predecesoras se extingue por confusión.

Ejemplo 3: Cesión de Derechos al Deudor

  • Situación Inicial: María le debe $2.000.000 a su vecina Sofía. Sofía, a su vez, le debe a María un servicio de jardinería valorado en $2.000.000.
  • Evento que causa Confusión: Sofía, cansada de esperar a que María le pague, decide cederle (regalarle o venderle a un precio simbólico) a María el derecho a cobrarle los $2.000.000 que ella le debía por el servicio de jardinería.
  • Resultado: Ahora María tiene el derecho de cobrarle a Sofía los $2.000.000 (por la cesión) y al mismo tiempo es la deudora de Sofía por esa misma cantidad. La obligación original de María de pagarle a Sofía se extingue por confusión. Es como si ambas deudas se "cancelaran" al reunirse los roles de acreedor y deudor en la misma persona (María).

Ejemplo 4: Legado de la Deuda al Deudor

  • Situación Inicial: Carlos le prestó su carro a su amigo Luis. En el testamento, Carlos le deja a Luis no solo otros bienes, sino también el perdón de cualquier deuda que Luis tenga con él.
  • Evento que causa Confusión: Carlos fallece y se lee su testamento, donde se incluye el legado de la deuda a favor de Luis.
  • Resultado: La obligación de Luis de devolver el carro (si se consideraba una deuda en términos legales, como un comodato con obligación de restitución) se extingue por confusión, ya que Luis hereda el "derecho" a que no se le cobre esa "deuda".

Estos ejemplos ilustran cómo la confusión puede ocurrir en diferentes contextos legales y cómo siempre implica la reunión de las calidades de acreedor y deudor en una misma persona, llevando a la extinción de la obligación.

RESCISIÓN

¡Claro! Rescindir un contrato en Colombia significa dejarlo sin efecto debido a una causa existente al momento de su celebración, es decir, un vicio o defecto que lo invalida desde su origen. Es como "deshacer" el contrato porque algo estuvo mal desde el principio.

Aquí tienes algunos ejemplos de situaciones que podrían dar lugar a la rescisión de un contrato en Colombia:

Ejemplo 1: Lesión Enorme en la Compraventa de un Inmueble

  • Situación: Ana vende su casa a Carlos por un precio significativamente inferior al justo valor que tenía la propiedad al momento de la venta. La ley colombiana considera que hay "lesión enorme" cuando el precio que recibe el vendedor es inferior a la mitad del justo precio del inmueble, o cuando el precio que paga el comprador es superior al doble del justo precio.
  • Causa de Rescisión: La existencia de la lesión enorme al momento de la celebración del contrato de compraventa.
  • Resultado: Ana (si fue la vendedora y recibió menos de la mitad del justo precio) o Carlos (si fue el comprador y pagó más del doble del justo precio) pueden demandar ante un juez la rescisión del contrato. Si el juez encuentra probada la lesión enorme, puede declarar la rescisión, lo que implica que las partes deben restituirse lo que recibieron (Ana devuelve el dinero y Carlos devuelve la casa), con los ajustes que el juez determine. Sin embargo, la parte demandada puede evitar la rescisión ofreciendo completar o reducir el precio hasta el justo valor.

Ejemplo 2: Incapacidad Absoluta de una de las Partes

  • Situación: María, una persona declarada interdicta por demencia absoluta (incapacidad legal total para ejercer derechos y contraer obligaciones), celebra un contrato de arrendamiento con Luis.
  • Causa de Rescisión: La incapacidad absoluta de María al momento de la celebración del contrato.
  • Resultado: Luis o el representante legal de María pueden solicitar la rescisión del contrato. Un contrato celebrado por una persona absolutamente incapaz es nulo absolutamente, y la rescisión es la acción para declarar esa nulidad. Las partes deberán restituirse lo que hayan recibido.

Ejemplo 3: Vicio del Consentimiento por Fuerza Irresistible

  • Situación: Pedro firma un contrato de compraventa de su carro porque Juan lo amenaza gravemente a él y a su familia con hacerles daño si no lo hace.
  • Causa de Rescisión: El vicio del consentimiento por fuerza irresistible (una presión grave e injusta que anula la libertad de la persona para decidir).
  • Resultado: Pedro puede demandar la rescisión del contrato demostrando la fuerza que sufrió. Si el juez encuentra probado el vicio del consentimiento, declarará la rescisión, y las partes deberán volver al estado anterior a la celebración del contrato (Pedro recupera su carro y devuelve el dinero que haya recibido).

Ejemplo 4: Objeto Ilícito en el Contrato

  • Situación: Dos personas celebran un contrato para la compraventa de sustancias estupefacientes.
  • Causa de Rescisión (en realidad, Nulidad Absoluta): El objeto del contrato es ilícito (contrario a la ley y al orden público). Aunque técnicamente se habla de nulidad absoluta, el efecto práctico es similar a la rescisión en cuanto a deshacer el contrato.
  • Resultado: Cualquiera de las partes o incluso el juez de oficio puede declarar la nulidad absoluta del contrato. Las partes no tienen derecho a reclamar nada derivado de un contrato con objeto ilícito.

En resumen, la rescisión busca invalidar un contrato que nació con un problema o vicio grave en su formación, permitiendo que las partes vuelvan al estado en que se encontraban antes de la celebración. Es importante diferenciarla de la resolución, que se da por incumplimiento posterior de las obligaciones del contrato.


PRESCRIPCIÓN (otro modo de extinguir obligaciones)



PÉRDIDA DE LA COSA QUE SE DEBE (otra forma de extinguir obligaciones)

ARTICULO 1729. <PERDIDA DE LA COSA DEBIDA>. Cuando el cuerpo cierto que se debe perece, o porque se destruye, o porque deja de estar en el comercio, o porque desaparece y se ignora si existe, se extingue la obligación; salvas empero las excepciones de los artículos subsiguientes.

ARTICULO 1730. <PRESUNCION DE CULPA DEL DEUDOR>. Siempre que la cosa perece en poder del deudor, se presume que ha sido por hecho o por culpa suya.


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ARTICULO 1546. <CONDICION RESOLUTORIA TACITA>. En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria en caso de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado.

Pero en tal caso podrá el otro contratante pedir a su arbitrio, o la resolución o el cumplimiento del contrato con indemnización de perjuicios.

D1077 DE 2015 + 2.1.1.1.1.4.2.5+ .


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DATOS:

- 1996 de 2019 nos habla de una capacidad legal y de una persona que requiere apoyos.

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