Sesión siete de Derecho Laboral Individual y Seguridad Social para el grupo B01


El gráfico muestra a 3 hombres de pie sobre pilas de monedas de diferentes alturas, cada uno sobre una pila de monedas doradas.


Sistema General de Pensiones y Régimen Solidario Pensional
  • El régimen de prima media es manejada por Colpensiones.
  • Los últimos salarios de los últimos diez años, con base en esta información el sistema calcula sobre el 65%.
  • 240 millones para garantizar una pensión mínima en el fondo privado.
  • Prima media con prestación definida.
  • Colpensiones no ofrece intereses por ningún lado si la persona retira el dinero de su pensión, mientras que en el fondo privado sí le devuelven el dinero con intereses -en caso de que la persona no se alcance a pensionar-.
  • El IBC es el promedio de los últimos diez años.
  • 62 años si es hombre y 57 años si es mujer (50 semanas rebaja el sistema por cada hijo que ella tenga, según una sentencia).

Sistema de Seguridad Social en Salud en Colombia
  • Salud: desde las OMS en 1948, no es la ausencia de enfermedad sino un bienestar físico, mental, laboral y social.
  • Ley 100 de 1993 tiene componentes como títulos: 1. SISTEMA GENERAL DE SALUD, 2. S...
  • Esta ley tiene principios, son soporte sobre donde se cimienta la ley: Libre escogencia, obligatoriedad, 4. participación social, 5. Calidad y 6. Eficiencia (utilización correcta y oportuna de los recursos del sistema como recursos humanos o tecnológicos; de tal manera que el sistema de salud cumpla con esa función de promoción, prevención, diagnóstico, entrega de medicamentos, rehabilitación del paciente. Este principio habla sobre la administración correcta de los recursos). 7. Universalidad (protección para todas las personas sin discriminación y en todas las etapas de la vida; la atención debe ser para todas las personas independientemente de la religión o el estrato; es la garantía de la protección de todas las personas sin ningún tipo de discriminación; hoy ya no existe el POS sino el PBS - Plan Básico de Salud). 8. SOLIDARIDAD (ayuda mutua entre las personas; quien más tiene más aporta y ayuda a quien no tiene; se ve reflejado en el régimen subsidiado de salud; en el régimen pensional: con la plata que estoy cotizando, están pensionando a otras personas o a quienes se van a pensionar. La bomba pensional: las últimas generaciones ya no aportan a pensión). 9 INTEGRALIDAD (cobertura de todas las contingencias que afectan a las personas; el servicio debe prestar un servicio integral). 10 OBLIGATORIEDAD (el derecho a la seguridad social es un derecho obligatorio; su empleador lo debe afiliar al sistema de salud; a la persona lo deben atender en el sistema de salud, obligatoriamente; el derecho a la salud se convirtió en un derecho fundamental mediante una acción de tutela (T-768 DE 2008) porque en la Constitución Política de Colombia no dice que este derecho sea fundamental; es un derecho que subsiste por sí sólo: el derecho a la seguridad social; ejemplo: "en conexidad con el derecho a la seguridad, protéjame mi salud". El derecho a la salud es autónomo y fundamental, gracias a la sentencia T-768 de 2008. 11. LIBRE ESCOGENCIA (la persona puede escoger libremente el régimen pensional y la EPS
  • Régimen contributivo de salud: personas que aportan al régimen como los trabajadores independientes que aportan al régimen contributivo.
  • Régimen subsidiado: personas que reciben atención gratuita porque no tienen capacidad económica. No es lo mismo que el Sisbén (es una encuesta que clasifica a la persona para saber si cada persona puede recibir subsidios).
  • Régimen de vinculados: están en un limbo, no pertenecen a uno ni a otro, como las personas de calle.

TEORÍA DE LOS RIESGOS EN SEGURIDAD SOCIAL
  • LOS RIESGOS SON LAS CONTINGENCIAS QUE CUANDO se le presentan a la persona, disminuyen su capacidad de laborar.
  • Los riesgos son: enfermedad común, maternidad, enfermedades laboral, invalidez, vejez, desempleo y otro.
  • Los riesgos están catalogados en ocho tipos de riesgos y están determinados por niveles. Riesgos: ECM - Enfermedad Común y Maternidad, 2. Atel - Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral 3. IVM - Invalidez, Vejez y Muerte y 4. Desempleo. Estos riesgos están protegidos por el sistema.
  • En el régimen subsidiado no hay prestaciones económicas.
  • Si la mujer está en estado de maternidad, no pagan licencia de maternidad si está en el régimen subsidiado.
  • Prestaciones asistenciales están presentes en los dos regímenes: subsidiado y contributivo.
  • Las incapacidad son exclusivas del cotizante.
  • Atel - Accidente de Trabajo y Enfermedad Laboral: no aplica en el régimen subsidiado, únicamente en el régimen contributivo. Las prestaciones económicas: las incapacidades, por ejemplo.
  • IVM - Invalidez, Vejez y Muerte: sólo aplica en el régimen contributivo, ejemplo: auxilios funerarios, personas que tienen pensión por invalidez. 
  • La pensión no se hereda, se sustituye.

INTEGRACIÓN DEL SSSS
  • Se integra tripartitamente.
  • El artículo 48 de la Constitución: habla del derecho a la seguridad social y garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable de la seguridad social.
  • Quien presta el servicio de salud es el Estado a través de entidades.
  • El sistema de salud en Colombia se conoce como el conjunto de personas y procedimientos que prestan el servicio de salud a nivel nacional; personas que trabajan en Colombia y que son del extranjero, pueden cotizar, por ejemplo.
  • Una persona ilegal de otro país que esté en Colombia y que se enferme, debe ser atendido por el Estado y de forma gratuita.
  • El Régimen Contributivo: capacidad económica para sufragar los gastos de salud: trabajadores mediante pretación de servicios, trabajadores oficiales, servidores públicos y demás.
  • Régimen subsidiado: no hay capacidad económica para sufragar los gastos de salud: personas en condición de calle, personas desempleadas. 
  • Las EPS: entidades promotoras de servicios de salud, administran recursos del sistema de salud, ejemplo: Sura, Coomeva y demás.
  • IPS: instituciones prestadores de salud; allí las personas van para que los atiendan.
  • Hay EPS públicas y privadas; hay IPS públicas y privadas.
  • La afiliación es el acto de ingreso a través del cual las personas ingresan al sistema de salud.
  • Los beneficiarios son quienes se benefician de la mano del cotizante: hijos y cónyuge. El cotizante aporta al sistema de salud, estando trabajando.



ARTICULO 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la dirección, coordinación y control del Estado, en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad, en los términos que establezca la Ley.

Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social.

El Estado, con la participación de los particulares, ampliará progresivamente la cobertura de la Seguridad Social que comprenderá la prestación de los servicios en la forma que determine la Ley.

La Seguridad Social podrá ser prestada por entidades públicas o privadas, de conformidad con la ley.

No se podrán destinar ni utilizar los recursos de las instituciones de la Seguridad Social para fines diferentes a ella.



¿Indemnización sustitutiva?
¿Qué son las prestaciones económicas?








Publicar un comentario

0 Comentarios