- Título: Séptima lección de Refuerzos Académicos Derecho Laboral
- Fecha: jueves, vigésimo sexto de febrero de dos mil veinticinco
- Hora: cuatro de la tarde
- Nombre de docente: : Aitipse Nilesoj Yllek
- Nombre del pódcast: Refuerzos Académicos Derecho Laboral
CASO
María trabaja en la empresa Su Timador Seguro de lunes a sábado, de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 7:00 p.m. Ella recibió una notificación de que debe laborar 3 horas extras diarias por 20 días. Ella tiene un salario de 4 millones de pesos colombianos pero le dicen que, además, debe trabajar 2 domingos sin derecho a horas extras.
1. ¿Es legal?
ES ILEGAL. Hoy (en 2025) son 46 horas pero María está haciendo 9 horas diarias (54 horas semanales), pero la legislación está pidiendo 46 y la compañía debería pagar las sobrantes como horas extras. Máximo son 2 horas diarias extras. El 15 de julio de 2025 baja a 44 horas. Ley 2101 de 2001 (julio de 2021): modificó de 48 a 46 horas hasta llegar a 42 horas. Cuando se trabaja el domingo se....
Máximo son 2 horas extras diarias, legalmente. Si el domingo se trabaja, la empresa debe pagar una remuneración y si se trabaja horas extras, estas horas deben pagarse.
2. ¿La propuesta del dominical es viable? Existe el domingo habitual
3. ¿Cuál es la propuesta de horas de trabajo?
272: El trabajo de domingos o festivos, la empresa debe pagar ese día con el 75% sobre el salario ordinario.
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PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
- UNIVERSALIDAD: Cubre a todos los residentes del país, en todas las etapas del año.
- IGUALDAD: El acceso se garantiza, nosotros no podemos incurrir en ningún pacto de discriminación (sexo, cultura, raza, origen, nacionalidad, orientación sexual, religión, edad, economía).
- SOLIDARIDAD: Apoyo mutuo para garantizar el acceso y la sostenibilidad y a los servicios en salud.
- PREVALENCIA DE DERECHOS: Obligación de la familia, del Estado, de la sociedad, que se haga esa protección a las muejres en estado de embarazo, los adolescentes, para cuidar salud, integridad física y desarrollo armónico e integral.
- EQUIDAD: Garantía de acceso al plan de beneficios a cada uno de sus afiliados, independiente de la capacidad para pagar y las condiciones económicas de cada uno.
- PARTICIPACIÓN SOCIAL
- LIBRE ESCOGENCIA
- SOSTENIBILIDAD
- TRANSPARENCIA: En condiciones de prestación de servicios.
- complementariedad y CONCURRENCIA: Complementación con acciones y recursos para esos fin en seguridad social en salud,
- IRRENUNCIABILIDAD: El derecho a la salud es irrenunciable, no se puede renunciar ni parcial ni totalmente.
- SOLIDARIDAD: Permite que nosotros podamos darle la mano a otras personas que no tienen cómo acceder al sistema de salud.
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- El Estado debe garantizar la seguridad social integral.
- La salud es un derecho de carácter obligatorio con eficiencia y solidaridad.
- Es importante conocer la LEY 100 DE 1993: http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0100_1993.html
- El Convenio 102 de la OIT.
- Se debe indemnizar a los trabajadores en caso de accidente laboral y luego el respectivo reintegro.
Páginas - Lo que debe saber sobre riesgos laborales
- El DERECHO debe adoptarse a las normas socialesSISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL Y SUS SUBSISTEMAS
- Salud
- Pensión
- Riesgos
- Este sistema busca garantizar la calidad de vida.
- Servicio público obligatorio: la seguridad social.
- Tipos de Pensión: familiar, invalidez, sobrevivencia y vejez
- Dos regímenes: solidario (prima media) y ahorro individual con solidaridad.
- DESCARGAR ESTE MATERIAL: https://www.youtube.com/watch?v=_o2-A13G3ig&t=2s
- Es importante que los dos regímenes ofrecen beneficios dependiendo de lo que estemos buscando.
- Regímenes: de prima media y ahorro individual.
- ¿Qué es el régimen de prima media?
- ¿Qué es el régimen de ahorro individual?
- ¿Qué es el bono pensional? (Se debe pedir cuando uno se traslada de una institución a otra).
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