- Título: Sesión ocho de Derecho Procesal Penal para el grupo B01
- Playlist de Derecho de Familia y Sucesiones: https://www.youtube.com/playlist?list=PLe-l52EIOpIYcm6iC7TY84k4JKsg5IYPR
- Episodio actual: https://youtube.com/live/v6f5y9HndAo
- Nombre del videopodcast: Derecho Procesal Penal
- Grupo: be cero uno (B01)
- Fecha original de emisión: martes, segundo de diciembre de dos mil veinticinco (02/12/2025)
- Hora original de emisión: ocho de la noche (8:00 p.m.)
- Nombre del instructor: Araveug Onajiuq Odraude Liban
- Versión escrita del actual episodio: https://sicuara.blogspot.com/2026/01/sesion-ocho-de-derecho-procesal-penal.html
- Serie: Comunicación Abogacil
- Temporada: cuarta (IV)
- Tema de este episodio: Ley 1826 de 2017: establecedora del procedimiento penal especial abreviado y reguladora de la figura del acusador privado
- Imagen original de la imagen miniatura: https://cdn.thuvienphapluat.vn/phap-luat/2022-2/THN/nguoi-bi-tam-giu-1.jpg
- Diseño de imagen miniatura: @cundinamarco
¿Allanarse a cargo es aceptar los cargos?
En el derecho penal colombiano, allanarse a cargos es básicamente el acto voluntario mediante el cual el procesado acepta su responsabilidad por los delitos que la Fiscalía le imputa.
En términos sencillos: es admitir que cometiste el delito para no ir a un juicio largo y desgastante.
¿Cómo funciona y qué implica?
Cuando una persona se allana, renuncia a su derecho de presunción de inocencia y a tener un juicio oral donde se presenten pruebas. A cambio, el sistema le otorga un "beneficio" por ahorrarle tiempo y recursos al Estado.
Aquí te detallo los puntos clave:
- Rebaja de pena: Es el principal incentivo. Dependiendo de la etapa procesal en la que se haga el allanamiento, la reducción puede ser significativa:
- En la audiencia de imputación: Puede ser de hasta el 50% de la pena.
- En la audiencia preparatoria: La rebaja es menor (generalmente hasta un tercio).
- Al inicio del juicio oral: La rebaja suele ser de apenas una sexta parte.
- Es irrevocable: Una vez que te allanas de forma libre, consciente y espontánea ante un juez, no puedes arrepentirte después (a menos que se demuestre una violación de derechos fundamentales).
- Sentencia condenatoria: El juez de conocimiento valida que el allanamiento fue legal y procede a dictar sentencia basándose en esa aceptación.
Diferencia con el Preacuerdo
Es común confundirlos, pero tienen una diferencia técnica:
- Allanamiento: Es unilateral.
Tú simplemente dices "acepto los cargos tal como los presentó la Fiscalía". - Preacuerdo: Es una negociación.
Tú y el fiscal "negocian" términos, como eliminar una agravante o cambiar la calificación del delito para obtener una pena específica.
En Colombia, ¿qué es la Audiencia concentrada?
En Colombia, el término audiencia concentrada se refiere principalmente a dos situaciones distintas dependiendo del tipo de proceso, aunque en ambas el objetivo es el mismo: unificar varias etapas procesales en una sola sesión para ganar rapidez. Aquí te explico los dos contextos donde se usa:
1. En el Procedimiento Especial Abreviado (Ley 1826 de 2017): esta es la definición más técnica y actual. Se aplica para delitos menos graves o que requieren querella (como hurto simple, estafa de menor cuantía, inasistencia alimentaria, etc.). En este procedimiento, la Audiencia Concentrada reemplaza y fusiona dos audiencias del proceso ordinario: la de Acusación y la Preparatoria. En ella ocurre lo siguiente:
- Aceptación de cargos: el juez le pregunta al procesado si desea allanarse (aceptar los cargos). Si lo hace en esta etapa, tiene una rebaja de hasta el 33% (un tercio) de la pena.
- Saneamiento: se discuten nulidades, impedimentos o recusaciones.
- Descubrimiento probatorio: la Fiscalía y la defensa muestran qué pruebas tienen.
- Enunciación y solicitud de pruebas: ambas partes dicen qué pruebas usarán en el juicio y el juez decide cuáles admite y cuáles rechaza.
2. En las "Audiencias Preliminares Concentradas" (Proceso Ordinario): aunque técnicamente la ley no las llama así, en el día a día judicial se conoce como "audiencia concentrada" al combo de las tres primeras audiencias que se le hacen a una persona recién capturada:
- Legalización de captura: el juez verifica que a la persona no le hayan pegado, que le hayan leído sus derechos y que la captura fuera legal.
- Formulación de imputación: la Fiscalía le informa oficialmente de qué se le acusa.
- Solicitud de medida de aseguramiento: se decide si la persona debe ir a la cárcel o quedar libre mientras sigue el proceso.
Se les llama "concentradas" porque, para evitar traslados innecesarios y demoras, se realizan una tras otra ante un Juez de Control de Garantías.
Diferencia clave para no confundirse:
| Característica | En Procedimiento Abreviado | En Procedimiento Ordinario |
| Cuándo ocurre | Después de que ya se notificó la acusación. | Justo después de la captura. |
| Quién la preside | Juez de Conocimiento (el que dará la sentencia). | Juez de Control de Garantías. |
| Qué se busca | Preparar las pruebas para el juicio. | Decidir sobre la libertad del capturado. |
¿Qué hace un juez de control de garantías en Colombia?
El Juez de Control de Garantías es una de las figuras más importantes del sistema penal acusatorio en Colombia (Ley 906 de 2004). Su función principal no es decidir si alguien es culpable o inocente, sino actuar como un árbitro que protege los derechos fundamentales de todas las personas involucradas en el proceso. Aquí te detallo sus funciones principales divididas por su impacto:- Legalización de capturas: verifica que a la persona se le hayan respetado sus derechos, que no haya sido golpeada y que la captura se haya hecho dentro de los tiempos de ley (máximo 36 horas).
- Medidas de aseguramiento: es quien decide si una persona debe ir a la cárcel, tener casa por cárcel o quedar libre mientras se adelanta el juicio. Para esto, evalúa si el capturado es un peligro para la sociedad, si puede huir o si puede obstruir la justicia.
- Control previo: autoriza órdenes de captura, allanamientos, interceptaciones telefónicas y registros de datos.
- Control posterior: una vez la Fiscalía hace un allanamiento o una interceptación, debe ir ante el juez para que este revise que todo se hizo bajo el marco legal.
4. La "Imputación" y el "Allanamiento": es ante este juez que la Fiscalía realiza la imputación de cargos (comunicarle a alguien que lo están investigando). Si el procesado decide allanarse (aceptar los cargos), el Juez de Garantías debe verificar que esa aceptación sea:
- Libre: que nadie lo esté obligando.
- Consciente: que entienda las consecuencias.
- Espontánea: que nazca de su propia voluntad.
Es vital no confundirlos:
- Juez de Control de Garantías: aparece al principio. Protege derechos y decide sobre la libertad. No dicta sentencia.
- Juez de Conocimiento: aparece después. Dirige el juicio, evalúa las pruebas y decide si hay condena o absolución.
Un dato curioso: En Colombia, el juez que actuó como "Garantías" en un caso no puede ser el mismo que actúe como "Conocimiento" en el mismo proceso, para asegurar la total imparcialidad.




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